III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9282)
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones en la morfología en la playa de la Magdalena en el T.M. de Cedeira (A Coruña)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Sábado 15 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 53834

La Dirección Xeral de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia indica que no es
probable que el proyecto tenga repercusiones significativas sobre lugares incluidos en la
red «Natura 2000», siempre y cuando se garantice el cumplimiento de las medidas
contempladas por el promotor y las consideraciones propuestas por este organismo, y
que ya han sido descritas en el apartado b5. Biodiversidad.
La Dirección Xeral de Deselvovemento Pesqueiro de la Xunta de Galicia, informa
que, en la zona de extracción las corrientes pueden afectar indirectamente a la ZEC
«Costa da Morte». Se indica que las mejores condiciones para evitar la afección será
cuando el oleaje procede del NW o los vientos procedentes del SE. El promotor
responde que las zonas de extracción se encuentran en el entorno del contradique del
puerto de Langosteira. Este está protegido de los temporales de componente norte por el
dique de abrigo, que reduce considerablemente la magnitud de los oleajes incidentes en
esa zona. Ello significa que la pluma de turbidez se situará en entorno de las aguas de
carácter portuario. De todas formas, se han incluido en el PVA medidas de control, con la
colocación de una estación de control de turbidez en la dirección de la zona protegida.
En caso de que se superan los umbrales determinados se detendría el dragado
correspondiente.
b.7 Compatibilidad del proyecto con la Estrategia Marina de la Demarcación Marina
Noratlántica.
La zona de actuación pertenece a la Demarcación Noratlántica. De acuerdo con el
Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, por el que se regula el informe de
compatibilidad y se establecen los criterios de compatibilidad con las estrategias
marinas, la extracción de áridos submarinos y su aporte a playas son actuaciones que
deben contar con informe de compatibilidad con las estrategias marinas. El EsIA analiza
la compatibilidad del proyecto con los objetivos ambientales generales y específicos de
la estrategia y según el análisis realizado se considera que el presente proyecto es
compatible con los objetivos de la Estrategia Marina de la Demarcación Noratlántica,
siempre y cuando se cumplan las medidas preventivas, correctoras y compensatorias
contempladas en el proyecto, y se lleve a cabo el PVA previsto en el mismo.
La Subdirección General para la Protección del Mar (MITECO) emite informe
favorable de compatibilidad con la Estrategia Marina Noratlántica.
Paisaje.

El promotor determina que los impactos generados durante la construcción serán los
derivados de las acciones de ubicación de las instalaciones de obra y las labores de
construcción y demolición del acceso a la misma, las cuales tendrán un efecto negativo
sobre la accesibilidad y percepción paisajística de la zona, aunque serán de carácter
temporal. Se propone una ubicación adecuada de las zonas de acopio de los residuos
generados procurando su rápida gestión.
El Estudio de Integración Paisajística incluido en el apéndice 9 del EsIA, se ha
realizado como complemento a la documentación necesaria para el cumplimiento de la
legislación vigente (Ley 7/2008, de 7 de julio, de Protección del Paisaje de Galicia).
Una vez desarrollado el estudio de impacto e integración paisajista, habiéndose
determinado y caracterizado el ámbito de actuación, valorado la integración paisajística y
visual, estimados los impactos paisajísticos y establecido las convenientes medidas
correctoras, se considera que la actuación proyectada es compatible con los factores
que componen el paisaje del entorno de la actuación, siempre y cuando se respeten las
medidas indicadas, entre ellas, el uso de materiales naturales y/o tradicionales, que
produzcan el menor impacto visual posible para la construcción de los elementos rígidos:
en el caso del encauzamiento del río Condomiñas, primar las escolleras de origen
natural frente a otras de hormigón, y, en el caso del encauzamiento del rego da Veiga,
primar el uso de la madera frente a otros materiales más duros. También el uso de áridos

cve: BOE-A-2023-9282
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