III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-9205)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, para establecer un programa de cooperación educativa para la realización de prácticas por parte de los alumnos del Máster Propio en Gestión Cultural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89
Viernes 14 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53342
La entidad colaboradora UIMP tiene la consideración de responsable del tratamiento
de los datos personales de los alumnos comunicados por la UC3M, ya que determina los
medios y los fines de los tratamientos de datos necesarios para la realización de las
prácticas universitarias que constituyen el objeto de este convenio.
Con ocasión de la finalización de la realización de las prácticas, la entidad
colaboradora UIMP se compromete a bloquear, una vez comunicado a la UC3M, los
datos del informe académico del tutor a que se refiere el artículo 13 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, de modo que se impida su tratamiento para una
finalidad distinta de la prevista en el propio real decreto, y a su destrucción transcurridos
tres años.
La UC3M se compromete a informar a los estudiantes, con ocasión de la
comunicación de los datos personales a la entidad colaboradora, sobre la existencia de
dicha comunicación y el tratamiento a realizar por la entidad colaboradora en los
términos a que se refiere el anexo I de este convenio.
2)
Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto:
Las partes se informan recíprocamente de que estos datos personales serán tratados
con la finalidad de gestionar la relación convencional y favorecer la comunicación entre
las partes.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la UC3M como responsable del
tratamiento: identificación del tratamiento: CONVENIOS UC3M; finalidad: coordinación,
tramitación, gestión y archivo de convenios, junto con sus anexos y adendas en caso de
existir, suscritos tanto con personas físicas y jurídicas nacionales, como extranjeras;
ejercicio de derechos: se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión,
limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un correo a la
siguiente dirección: dpd@uc3m.es; información adicional: se puede consultar la
información adicional y detallada sobre la política de privacidad de la UC3M en https://
www.uc3m.es/protecciondedatos
Información sobre el tratamiento de datos de la UIMP: identificación del tratamiento:
CONVENIOS UIMP; finalidad: coordinación, tramitación, gestión y archivo de convenios,
junto con sus anexos y adendas en caso de existir, suscritos tanto con personas físicas y
jurídicas nacionales, como extranjeras; ejercicio de derechos: se podrán ejercer los
derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su
tratamiento, mediante el envío de un correo a la siguiente dirección: dpd@uimp.es;
información adicional: se puede consultar la información adicional y detallada sobre la
política de privacidad en http://www.uimp.es/images/institucional/Politica_de_privacidad.pdf.
Decimocuarta.
El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes
en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de los términos del
mismo deberá ser hecha por escrito y firmada por ambas partes, y requerirá acuerdo
unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El presente convenio se perfecciona por el consentimiento de las partes y resultará
eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal y su vigencia se extenderá desde esa fecha de
inscripción por un período de cuatro años. El convenio deberá asimismo ser publicado en
el «Boletín Oficial del Estado». Las partes podrán, en cualquier momento antes de la
finalización del plazo de vigencia del convenio, y por acuerdo unánime que en todo caso
deberá constar por escrito, prorrogar sus efectos por un periodo de hasta cuatro años
adicionales.
cve: BOE-A-2023-9205
Verificable en https://www.boe.es
Decimoquinta.
Núm. 89
Viernes 14 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53342
La entidad colaboradora UIMP tiene la consideración de responsable del tratamiento
de los datos personales de los alumnos comunicados por la UC3M, ya que determina los
medios y los fines de los tratamientos de datos necesarios para la realización de las
prácticas universitarias que constituyen el objeto de este convenio.
Con ocasión de la finalización de la realización de las prácticas, la entidad
colaboradora UIMP se compromete a bloquear, una vez comunicado a la UC3M, los
datos del informe académico del tutor a que se refiere el artículo 13 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, de modo que se impida su tratamiento para una
finalidad distinta de la prevista en el propio real decreto, y a su destrucción transcurridos
tres años.
La UC3M se compromete a informar a los estudiantes, con ocasión de la
comunicación de los datos personales a la entidad colaboradora, sobre la existencia de
dicha comunicación y el tratamiento a realizar por la entidad colaboradora en los
términos a que se refiere el anexo I de este convenio.
2)
Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto:
Las partes se informan recíprocamente de que estos datos personales serán tratados
con la finalidad de gestionar la relación convencional y favorecer la comunicación entre
las partes.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la UC3M como responsable del
tratamiento: identificación del tratamiento: CONVENIOS UC3M; finalidad: coordinación,
tramitación, gestión y archivo de convenios, junto con sus anexos y adendas en caso de
existir, suscritos tanto con personas físicas y jurídicas nacionales, como extranjeras;
ejercicio de derechos: se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión,
limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un correo a la
siguiente dirección: dpd@uc3m.es; información adicional: se puede consultar la
información adicional y detallada sobre la política de privacidad de la UC3M en https://
www.uc3m.es/protecciondedatos
Información sobre el tratamiento de datos de la UIMP: identificación del tratamiento:
CONVENIOS UIMP; finalidad: coordinación, tramitación, gestión y archivo de convenios,
junto con sus anexos y adendas en caso de existir, suscritos tanto con personas físicas y
jurídicas nacionales, como extranjeras; ejercicio de derechos: se podrán ejercer los
derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su
tratamiento, mediante el envío de un correo a la siguiente dirección: dpd@uimp.es;
información adicional: se puede consultar la información adicional y detallada sobre la
política de privacidad en http://www.uimp.es/images/institucional/Politica_de_privacidad.pdf.
Decimocuarta.
El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes
en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de los términos del
mismo deberá ser hecha por escrito y firmada por ambas partes, y requerirá acuerdo
unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El presente convenio se perfecciona por el consentimiento de las partes y resultará
eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal y su vigencia se extenderá desde esa fecha de
inscripción por un período de cuatro años. El convenio deberá asimismo ser publicado en
el «Boletín Oficial del Estado». Las partes podrán, en cualquier momento antes de la
finalización del plazo de vigencia del convenio, y por acuerdo unánime que en todo caso
deberá constar por escrito, prorrogar sus efectos por un periodo de hasta cuatro años
adicionales.
cve: BOE-A-2023-9205
Verificable en https://www.boe.es
Decimoquinta.