III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-9205)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, para establecer un programa de cooperación educativa para la realización de prácticas por parte de los alumnos del Máster Propio en Gestión Cultural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Viernes 14 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 53340

Queda incorporado al presente convenio el anexo I con el modelo de anexo de
formalización de las prácticas, que forma parte inseparable del mismo.
Quinta.
Durante el periodo de prácticas, los/as alumnos/as serán titulares de los derechos y
obligaciones detallados en anexo I al presente convenio y aquellos otros que la
legislación pueda contemplar, estando igualmente sometidos a las estipulaciones del
mismo y al régimen de funcionamiento de la entidad colaboradora UIMP, especialmente
en cuanto se refiere al cumplimiento de horarios de actividades de formación, y a las
normas de confidencialidad de datos, procesos y actividades de los que tengan
conocimiento, al igual que a las normas de prevención de riesgo laborales. Así mismo,
los alumnos deberán mantener contacto con sus tutores en la forma que éstos les
indiquen.
Sexta.
Los estudiantes de la UC3M que realicen prácticas al amparo del presente convenio
no percibirán ninguna bolsa o ayuda al estudio durante el periodo de realización de sus
prácticas en la entidad colaboradora UIMP, lo que se recogerá expresamente en el anexo
de formalización de sus prácticas.
Las partes acuerdan que el cumplimiento de las obligaciones en materia de
Seguridad Social que se deriven de la aplicación de la disposición adicional quinta del
Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, corresponderá
a la UIMP, si bien al tratarse de prácticas curriculares, la cotización está bonificada
al 100 %.
El presente convenio no implica, por tanto, ningún compromiso de gasto para las
partes.
Séptima.
Con la finalidad de mantener en todo momento el registro de alumnos/as
participantes en el presente convenio, la entidad colaboradora UIMP comunicará al
Máster Propio en Gestión Cultural de la UC3M cualquier inicio y finalización de prácticas
que se produzca relativa a los/las mismos/as.
Octava.

– Organizar y supervisar las actividades de cada estudiante, realizando un
seguimiento del progreso de los alumnos.
– Realizar y remitir al tutor académico de la Universidad un informe final, a la
conclusión de las prácticas, que recogerá el número de horas realizadas por el
estudiante y en el cual podrá valorar los siguientes aspectos referidos, en su caso, tanto
a las competencias genéricas como a las específicas, previstas en el correspondiente
proyecto formativo: a) Capacidad técnica; b) Capacidad de aprendizaje; c)
Administración de trabajos; d) Habilidades de comunicación oral y escrita. En el caso de
estudiantes con discapacidad que tengan dificultades en la expresión oral, deberá
indicarse el grado de autonomía para esta habilidad y si requiere de algún tipo de

cve: BOE-A-2023-9205
Verificable en https://www.boe.es

Adjunto a la comunicación de iniciación de prácticas del alumno/a, la entidad
colaboradora UIMP comunicará la fecha del comienzo y finalización de las prácticas, así
como el horario, el lugar de desarrollo y el contenido de las mismas, designando un/una
responsable que actuará como tutor/a del alumno/a que coordinará la ejecución de las
prácticas junto con un/a tutor/a designado por la UC3M. Al tutor/a de la entidad
colaboradora UIMP le corresponderá, sin perjuicio de cualquier otra labor que pueda
corresponderle, lo siguiente: