I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Igualdad de género. Protección contra la violencia de género. (BOE-A-2023-9168)
Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89
Viernes 14 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 53098
Asimismo, incluye un índice de su contenido, cuyo objeto es facilitar la utilización de
la norma e identificar de forma ágil sus preceptos.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales,
de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi y con
la previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el
día 28 de febrero de 2023, dispongo:
Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y
Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
De conformidad con lo establecido en la disposición final octava de la
Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de
Mujeres y Hombres, se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad
de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las mujeres que
se anexa a continuación.
Disposición adicional.
Referencias normativas.
Todas las referencias realizadas en otras disposiciones a las leyes objeto de
refundición se entenderán realizadas a los artículos correspondientes del texto refundido
que se aprueba.
Disposición derogatoria.
Se deroga la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y
Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
Disposición final.
cve: BOE-A-2023-9168
Verificable en https://www.boe.es
El texto refundido que se aprueba en virtud del presente Decreto Legislativo entrará
en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».
Núm. 89
Viernes 14 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 53098
Asimismo, incluye un índice de su contenido, cuyo objeto es facilitar la utilización de
la norma e identificar de forma ágil sus preceptos.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales,
de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi y con
la previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el
día 28 de febrero de 2023, dispongo:
Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y
Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
De conformidad con lo establecido en la disposición final octava de la
Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de
Mujeres y Hombres, se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad
de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las mujeres que
se anexa a continuación.
Disposición adicional.
Referencias normativas.
Todas las referencias realizadas en otras disposiciones a las leyes objeto de
refundición se entenderán realizadas a los artículos correspondientes del texto refundido
que se aprueba.
Disposición derogatoria.
Se deroga la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y
Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
Disposición final.
cve: BOE-A-2023-9168
Verificable en https://www.boe.es
El texto refundido que se aprueba en virtud del presente Decreto Legislativo entrará
en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».