III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Actividades formativas. (BOE-A-2023-9144)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convoca a entidades públicas españolas a participar en un proceso de selección de propuestas de programaciones de capacitación técnica e innovación del Plan Intercoonecta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 52925

La resolución de selección de fichas de concepto se publicará en la Sede Electrónica
de la AECID (www.aecid.gob.es) en el plazo máximo de setenta y cinco días hábiles
desde la publicación de la presente convocatoria indicando el título y entidad
organizadora. Excepcionalmente, podrá acordarse una ampliación del plazo máximo de
resolución en los términos y con las limitaciones establecidas en el artículo 23 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
8.2 Una vez publicada la resolución de selección de fichas de concepto, las entidades
seleccionadas presentarán un documento de formulación de programación, resultado de la
fase de cocreación, para lo que contarán con la colaboración de la AECID. Este se presentará
firmado electrónicamente en la Sede Electrónica de la AECID, siguiendo el modelo que
estará disponible igualmente en la Sede Electrónica, y en el plazo de ciento cincuenta días
hábiles desde la publicación de la presente convocatoria.
Asimismo, las entidades tendrán que presentar una agenda preliminar con las fechas
de celebración de todas las actividades que componen la programación.
8.3 Finalizado el plazo de entrega del documento de formulación de programación,
la Dirección de Cooperación con América Latina y el Caribe formulará propuesta de
resolución aprobando o no las programaciones que elevará a la Dirección de la AECID,
órgano competente para dictar la Resolución de aprobación de programaciones, que se
publicará en la Sede electrónica de la AECID en el plazo máximo de ciento setenta y
cinco días hábiles desde la publicación de la presente convocatoria indicando título y
entidad organizadora.
Aquellas programaciones que no pudieran ser ejecutadas por falta de crédito,
pasarán a una lista de reserva. Esta lista tendrá por objeto sustituir a alguna de las
propuestas inicialmente aprobadas en caso de renuncia expresa o la aparición de
circunstancias sobrevenidas que impidiera realizar dicha programación.
8.4 Por último, durante la fase de ejecución de las programaciones, las entidades
tendrán que presentar un documento de formulación de actividad, así como un programa
y documentación de apoyo, por cada una de las actividades que componen la
programación, con una antelación de cinco meses a la celebración de cada actividad.
Para ello, deberán hacer uso del modelo que será facilitado por la AECID en su
momento.
8.5 La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de la publicación
en el «Boletín Oficial del Estado».
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un
mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien puede ser impugnado
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9, 46 y
concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 5 de abril de 2023.–El Director de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, Antón Leis García.
ANEXO I
Definiciones
En el ámbito de aplicación de la presente convocatoria se entenderá por:
1. Actividades: son aquellas acciones que se diseñan, gestionan y desarrollan en el
marco de una programación con la finalidad de dar respuesta a determinadas
necesidades, cuya suma de resultados, pretende facilitar la resolución de un reto global

cve: BOE-A-2023-9144
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Núm. 88