III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-9149)
Resolución de 4 de abril de 2023, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el Convenio urbanístico de planeamiento con el Ayuntamiento de A Cañiza, para la implantación de un parque empresarial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Jueves 13 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52966
revisión del PXOM, sobre la base del acuerdo respecto a la oportunidad, conveniencia y
posibilidad de concretas soluciones de ordenación, sin perjuicio de las potestades de las
Administraciones urbanísticas en lo que respecta a la aprobación del planeamiento
urbanístico, en conjunción con la planificación territorial y la legislación sectorial.
IX. Según resulta de diversas conversaciones mantenidas entre el Ayuntamiento de
A Cañiza y el CZFV, se ha considerado como ajustado a la legalidad vigente territorial y
urbanística, y acorde con el interés general, la innovación del referido instrumento de
planeamiento urbanístico en lo que respecta a los terrenos anteriormente indicados, lo
cual puede materializarse en el procedimiento de revisión del instrumento que tiene
previsto el Ayuntamiento conforme a la propuesta de convenio urbanístico de
planeamiento cuyo contenido se ajusta a las previsiones recogidas en la Ley 2/2016,
de 10 de febrero, del Suelo de Galicia como en su Reglamento de desarrollo, aprobado
por Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan la formalización del
presente convenio, el cual se llevará a efecto en base a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto modificar el PGOM de A Cañiza en el ámbito
de actuación que se señala en el anexo I, en el sentido de cambiar la clasificación de
aquel suelo que esté como rústico de protección forestal a suelo urbanizable,
recogiéndose la calificación de uso industrial, de cara a promover la implantación de un
nuevo ámbito de desarrollo industrial en el término municipal de A Cañiza, posibilitando
la creación de un parque empresarial en los terrenos señalados.
Segunda.
Compromisos.
– La ejecución de las actuaciones tienen que ser viables desde un punto de vista
económico- financiero, confiriéndole a tal extremo la naturaleza de condición resolutoria
de tal modo que si los proyectos de expropiación, urbanización y reparcelación, o de la
documentación complementaria, así como de la propia expropiación o de la ejecución de
las obras de urbanización, se determinase un resultado que comprometiese la viabilidad
económico-financiera del proyecto considerado en su conjunto, cualquiera de las partes
podrá instar la resolución del convenio. A estos efectos, se adjunta como anexo al
presente convenio el documento titulado «Estudio de sostenibilidad económica para la
promoción de un parque empresarial en A Cañiza» en el que se incluye esta información.
– Se establece la siguiente secuencia en el procedimiento a seguir y que se
recogerá, si llega a formalizarse, en dicho convenio:
• Redacción y tramitación hasta su aprobación definitiva del Proyecto de
Urbanización (PU).
cve: BOE-A-2023-9149
Verificable en https://www.boe.es
El Ayuntamiento tramitará la correspondiente modificación puntual del PGOM
mediante el cambio de la clasificación y calificación del suelo delimitado en el plano
anexo I, conformando un área de reparto coincidente con el mismo, que incluya dichos
terrenos, fijando como sistema de actuación para la ejecución del planeamiento el de
expropiación. A estos efectos, se favorecerá que el aprovechamiento útil sea el máximo
permitido, respetando los módulos mínimos de reserva para dotaciones en suelos
industriales.
Una vez que esté modificado el PGOM en el sentido antes indicado, y se incluya
como suelo urbanizable el ámbito señalado con los usos necesarios, las partes se
comprometen a formalizar un convenio para la ejecución del planeamiento que permita el
desarrollo urbanístico de este suelo, con el fin último de que este pueda ser
comercializado por el CZFV con las siguientes características generales:
Núm. 88
Jueves 13 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52966
revisión del PXOM, sobre la base del acuerdo respecto a la oportunidad, conveniencia y
posibilidad de concretas soluciones de ordenación, sin perjuicio de las potestades de las
Administraciones urbanísticas en lo que respecta a la aprobación del planeamiento
urbanístico, en conjunción con la planificación territorial y la legislación sectorial.
IX. Según resulta de diversas conversaciones mantenidas entre el Ayuntamiento de
A Cañiza y el CZFV, se ha considerado como ajustado a la legalidad vigente territorial y
urbanística, y acorde con el interés general, la innovación del referido instrumento de
planeamiento urbanístico en lo que respecta a los terrenos anteriormente indicados, lo
cual puede materializarse en el procedimiento de revisión del instrumento que tiene
previsto el Ayuntamiento conforme a la propuesta de convenio urbanístico de
planeamiento cuyo contenido se ajusta a las previsiones recogidas en la Ley 2/2016,
de 10 de febrero, del Suelo de Galicia como en su Reglamento de desarrollo, aprobado
por Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan la formalización del
presente convenio, el cual se llevará a efecto en base a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto modificar el PGOM de A Cañiza en el ámbito
de actuación que se señala en el anexo I, en el sentido de cambiar la clasificación de
aquel suelo que esté como rústico de protección forestal a suelo urbanizable,
recogiéndose la calificación de uso industrial, de cara a promover la implantación de un
nuevo ámbito de desarrollo industrial en el término municipal de A Cañiza, posibilitando
la creación de un parque empresarial en los terrenos señalados.
Segunda.
Compromisos.
– La ejecución de las actuaciones tienen que ser viables desde un punto de vista
económico- financiero, confiriéndole a tal extremo la naturaleza de condición resolutoria
de tal modo que si los proyectos de expropiación, urbanización y reparcelación, o de la
documentación complementaria, así como de la propia expropiación o de la ejecución de
las obras de urbanización, se determinase un resultado que comprometiese la viabilidad
económico-financiera del proyecto considerado en su conjunto, cualquiera de las partes
podrá instar la resolución del convenio. A estos efectos, se adjunta como anexo al
presente convenio el documento titulado «Estudio de sostenibilidad económica para la
promoción de un parque empresarial en A Cañiza» en el que se incluye esta información.
– Se establece la siguiente secuencia en el procedimiento a seguir y que se
recogerá, si llega a formalizarse, en dicho convenio:
• Redacción y tramitación hasta su aprobación definitiva del Proyecto de
Urbanización (PU).
cve: BOE-A-2023-9149
Verificable en https://www.boe.es
El Ayuntamiento tramitará la correspondiente modificación puntual del PGOM
mediante el cambio de la clasificación y calificación del suelo delimitado en el plano
anexo I, conformando un área de reparto coincidente con el mismo, que incluya dichos
terrenos, fijando como sistema de actuación para la ejecución del planeamiento el de
expropiación. A estos efectos, se favorecerá que el aprovechamiento útil sea el máximo
permitido, respetando los módulos mínimos de reserva para dotaciones en suelos
industriales.
Una vez que esté modificado el PGOM en el sentido antes indicado, y se incluya
como suelo urbanizable el ámbito señalado con los usos necesarios, las partes se
comprometen a formalizar un convenio para la ejecución del planeamiento que permita el
desarrollo urbanístico de este suelo, con el fin último de que este pueda ser
comercializado por el CZFV con las siguientes características generales: