II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. (BOE-A-2023-9127)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de abril de 2023
Sec. II.B. Pág. 52869
I.B) Fase de concurso. La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá
en la valoración de los siguientes méritos: Antigüedad, grado personal consolidado y
cursos de formación.
La certificación de los dos primeros méritos deberá realizarse según el modelo
incluido como anexo V a esta resolución. Los cursos de formación se acreditarán
documentalmente mediante la presentación de copia auténtica de los correspondientes
títulos o diplomas.
Los opositores que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo
de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas
de aprobados de la fase de oposición, para la presentación de la certificación de méritos,
debiendo ser expedida por los servicios de personal de los ministerios u organismos
donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los
méritos a valorar en la fase de concurso.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración
del aspirante en la fase de concurso.
En los tablones de anuncios de la sede del tribunal, en la página web
www.mineco.gob.es, así como en la página www.administracion.gob.es, el tribunal
publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de
concurso, disponiendo los aspirantes de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el
día siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado el referido plazo, el tribunal publicará la relación con la valoración
definitiva de la fase de concurso.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
Finalizada la fase de oposición y de concurso, el tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del tribunal, en
la página web www.mineco.gob.es y en la página www.administracion.gob.es. Dicha
relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», mediante Resolución de la
Subsecretaría de este Ministerio, disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo
de veinte días hábiles, desde la publicación oficial, para presentar la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
I.C) Curso selectivo. Todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición
realizarán un curso selectivo, que será organizado por la Subsecretaría del Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital, en colaboración con instituciones
privadas y públicas de formación de funcionarios, que deberán superar con
aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en
orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.
En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
El curso selectivo será común a ambas convocatorias, y tendrá una duración máxima
de cuatro meses lectivos.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la imposibilidad de
concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el
derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia
corresponderá a la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de
calificación previsto en esta convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real
Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta de las instituciones de formación designadas para impartir las materias.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
cve: BOE-A-2023-9127
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88
Jueves 13 de abril de 2023
Sec. II.B. Pág. 52869
I.B) Fase de concurso. La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá
en la valoración de los siguientes méritos: Antigüedad, grado personal consolidado y
cursos de formación.
La certificación de los dos primeros méritos deberá realizarse según el modelo
incluido como anexo V a esta resolución. Los cursos de formación se acreditarán
documentalmente mediante la presentación de copia auténtica de los correspondientes
títulos o diplomas.
Los opositores que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo
de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas
de aprobados de la fase de oposición, para la presentación de la certificación de méritos,
debiendo ser expedida por los servicios de personal de los ministerios u organismos
donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los
méritos a valorar en la fase de concurso.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración
del aspirante en la fase de concurso.
En los tablones de anuncios de la sede del tribunal, en la página web
www.mineco.gob.es, así como en la página www.administracion.gob.es, el tribunal
publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de
concurso, disponiendo los aspirantes de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el
día siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado el referido plazo, el tribunal publicará la relación con la valoración
definitiva de la fase de concurso.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
Finalizada la fase de oposición y de concurso, el tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del tribunal, en
la página web www.mineco.gob.es y en la página www.administracion.gob.es. Dicha
relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», mediante Resolución de la
Subsecretaría de este Ministerio, disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo
de veinte días hábiles, desde la publicación oficial, para presentar la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
I.C) Curso selectivo. Todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición
realizarán un curso selectivo, que será organizado por la Subsecretaría del Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital, en colaboración con instituciones
privadas y públicas de formación de funcionarios, que deberán superar con
aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en
orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.
En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
El curso selectivo será común a ambas convocatorias, y tendrá una duración máxima
de cuatro meses lectivos.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la imposibilidad de
concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el
derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia
corresponderá a la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de
calificación previsto en esta convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real
Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta de las instituciones de formación designadas para impartir las materias.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
cve: BOE-A-2023-9127
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88