II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. (BOE-A-2023-9127)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de abril de 2023

Sec. II.B. Pág. 52870

inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las
vacaciones de los funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo
con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado,
aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, se disfrutarán durante el mes de
agosto del año en que se realice el curso selectivo.
La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y
asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieren superado el proceso
selectivo. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado».
II. Valoración
II.A) Fase de oposición. En los ejercicios de la fase de oposición que se califiquen
por el sistema de puntos, constituirá la calificación la media aritmética de las
puntuaciones otorgadas por cada miembro del tribunal, previa eliminación de la nota
máxima y de la nota mínima. El candidato que en cada uno de los ejercicios no alcance
una calificación igual a la mitad de la puntuación máxima posible, quedará eliminado de
la oposición. Esta puntuación máxima no incluirá la del ejercicio voluntario de idiomas.
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio. La primera parte del primer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos.
El tribunal fijará el número de aciertos que se correspondan con la puntuación mínima
necesaria para superar el ejercicio. Se convocará a la lectura del dictamen a aquellos
aspirantes que hayan superado esta parte. El dictamen se calificará como apto o no
apto.
Pasarán al segundo ejercicio los candidatos que, habiendo superado el test, superen
también el dictamen.
Segundo ejercicio. Se calificará de 0 a 10 puntos cada una de las dos lenguas
obligatorias y será necesario obtener al menos 5 puntos en cada una de ellas. Sólo se
convocará a la prueba de la segunda lengua obligatoria, a aquellos candidatos que
hayan superado la prueba de lengua inglesa.
Cada una de las restantes lenguas de las que voluntariamente se examine el
candidato se valorará de 0 a 4 puntos. Los puntos obtenidos en las lenguas de las que
se examine el candidato voluntariamente, solamente serán computados en la puntuación
total del ejercicio cuando alcancen, como mínimo, el 50 por 100 de la puntuación máxima
posible por cada lengua.
Tercer ejercicio. Se calificará de 0 a 20 puntos cada uno de los dos temas
expuestos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos en cada uno de ellos para
superar el ejercicio.
Cuarto ejercicio. Se calificará de 0 a 20 puntos cada uno de los dos temas
expuestos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos en cada uno de ellos para
superar el ejercicio.
Quinto ejercicio. Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los dos temas
desarrollados y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos para
superar el ejercicio.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios.
A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen
algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima obtenida
en el mismo proceso, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria
inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación
sean análogos.

cve: BOE-A-2023-9127
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Núm. 88