I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Cooperación y solidaridad internacional. (BOE-A-2023-9097)
Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 52756

actuaciones con la sociedad civil y una parte, no menos importante, referida a la
sensibilización y formación de la ciudadanía, incluyendo el fomento del voluntariado.
De esta manera, y tras cuarenta años de autonomía y un recorrido similar realizando
acciones de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional, el Estatuto de
Autonomía reconoce la trayectoria solidaria del pueblo extremeño con otros pueblos y
sociedades del mundo.
La sociedad extremeña, consciente del papel que debe jugar en el mundo, impulsó
en las primeras movilizaciones en favor del 0,7 % lo que acabaría siendo la política
pública de cooperación para el desarrollo y la solidaridad internacional de las
instituciones extremeñas, haciendo visible, de esta manera, la necesidad de destinar
recursos públicos al apoyo y desarrollo de otros pueblos del mundo. Fruto de esas
movilizaciones vendría también la constitución de espacios sociales determinantes para
entender la cooperación extremeña; la creación en el año 1995 de la Coordinadora
Extremeña de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (CONGDEx), cuyo
papel, junto al conjunto de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo de
Extremadura, ha sido fundamental, siendo agentes clave en el desarrollo de la
cooperación extremeña; o la constitución en el año 2002 del Fondo Extremeño Local de
Cooperación para el Desarrollo (FELCODE). Ambos representan la máxima expresión
del compromiso que la sociedad civil y las entidades locales de Extremadura tienen con
la solidaridad internacional.
Tras este período y un proceso paulatino de consolidación de los movimientos
ciudadanos de solidaridad internacional y de despliegue de políticas públicas de
cooperación para el desarrollo por parte de las instituciones extremeñas, en el año 2003
cristaliza la Ley 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo, la primera
ley autonómica que tenía como fin consolidar la cooperación para el desarrollo como
elemento integrante de las políticas de la Junta de Extremadura con el máximo rango,
atendiendo así a las demandas de las organizaciones políticas, sindicales y sociales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este avance normativo fue fundamental para el diseño de la arquitectura institucional
de la cooperación extremeña, que llevó a la creación de la Agencia Extremeña de
Cooperación Internacional para el Desarrollo (AEXCID) en el año 2008, consiguiendo así
uno de los mayores hitos de la historia de la cooperación para el desarrollo de
Extremadura. También la Ley 1/2003, de 27 de febrero, impulsó en el terreno nacional e
internacional el reconocimiento de Extremadura como agente importante de la
cooperación española, consolidó los recursos necesarios para el despliegue de esta
política pública y reconoció, por primera vez, la impagable labor de las personas
cooperantes y del voluntariado en la cooperación internacional.
Desde el punto de vista normativo en el ámbito estatal, fue determinante la
aprobación de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el
Desarrollo. La citada norma marcaría un antes y un después al definir los objetivos de la
cooperación para el desarrollo como un ámbito diferenciado de la política exterior y al
mismo tiempo abrir la puerta a nuevos instrumentos, sobre todo la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). También podría subrayarse la
creación de la Comisión Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo (2000), como
instrumento de respuesta a la estructura territorial, así como la reforma del Consejo de
Cooperación para el Desarrollo (2001).
A su vez, la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del
Estado, establece como objetivos transversales de la política exterior los propios de las
metas globales de desarrollo y recoge entre los objetivos de la política exterior de
España la lucha contra la pobreza, la solidaridad con los países en desarrollo y el
desarrollo económico y social de todos los Estados, así como la adecuada provisión de
bienes públicos globales de los que depende el desarrollo sostenible.

cve: BOE-A-2023-9097
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Núm. 88