III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2023-9083)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Fundación LaLiga, para la realización de actividades culturales y educativas conjuntas en el ámbito de la Consejería de Educación en Marruecos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Miércoles 12 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52675
Este uso de los espacios de la Consejería de Educación, y de sus centros no podrá
interferir en la programación académica o cultural de los mismos, y se facilitará de
conformidad con la normativa interna aprobada por su Consejo de Administración y
previa suscripción de los documentos que correspondan.
b) Hacerse cargo de la difusión y publicidad de las actividades realizadas por las
partes en la/s ciudad/es en que se celebren, en su caso, para lo que gestionará su
cobertura en medios de comunicación locales y nacionales, tanto españoles como
extranjeros.
c) Asegurar la traducción e interpretación que sean necesarias para el desarrollo de
las actividades objeto del convenio.
d) Asegurar la grabación y edición de vídeos, publicación de ponencias y
transmisión por streaming de las actividades objeto del convenio a través de los medios
materiales y personales de los que dispone.
e) Proporcionar los brutos de grabación de vídeos.
f) Financiar los gastos de desplazamientos, alojamiento y manutención de 2
monitores, durante cuatro días, de la Fundación LaLiga por un importe máximo
de 827,00 euros (ochocientos veintisiete euros).
3.
La Fundación LaLiga se compromete a:
a) Desarrollar de talleres sociodeportivos en centros escolares durante los cuatro
días de visita por 2 monitores de Fundación LaLiga.
b) Brandear las instalaciones en las que se celebren las actividades objeto del
convenio.
c) Producción de diferente material de comunicación y branding.
d) Contribuir al cumplimiento de la actividad objeto del presente convenio mediante
la entrega a los colaboradores que se seleccionen por la Comisión de seguimiento del
siguiente material valorado en 4.047 euros (cuatro mil cuarenta y siete euros):
–
–
–
–
–
–
50 balones.
1200 lanyards.
120 petos.
5 kits conos deportivos.
1200 Goodies.
1200 pines LaLiga.
Tercera. Financiación y gestión económica.
1. El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Fundación LaLiga se
comprometen a aportar los recursos necesarios, en los términos que se indican en el
presente convenio, para la realización de la colaboración prevista en el presente
instrumento.
2. Para el desarrollo de las actividades que comprende el cumplimiento del
presente convenio, las partes aportarán en dinero o en especie, como máximo, las
siguientes cantidades:
La Consejería de Educación: 827,00 euros (ochocientos veintisiete euros).
Fundación LaLiga: 4.047 euros (cuatro mil cuarenta y siete euros).
3. El Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la Consejería de
Educación en Marruecos financiará los gastos derivados de los compromisos que asume
en el presente convenio y que ascenderán como máximo a 827,00 euros (ochocientos
veintisiete euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.322F.226.15 de su
presupuesto de gastos para el año 2023, en el que cuenta con crédito adecuado y
suficiente.
cve: BOE-A-2023-9083
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)
Núm. 87
Miércoles 12 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52675
Este uso de los espacios de la Consejería de Educación, y de sus centros no podrá
interferir en la programación académica o cultural de los mismos, y se facilitará de
conformidad con la normativa interna aprobada por su Consejo de Administración y
previa suscripción de los documentos que correspondan.
b) Hacerse cargo de la difusión y publicidad de las actividades realizadas por las
partes en la/s ciudad/es en que se celebren, en su caso, para lo que gestionará su
cobertura en medios de comunicación locales y nacionales, tanto españoles como
extranjeros.
c) Asegurar la traducción e interpretación que sean necesarias para el desarrollo de
las actividades objeto del convenio.
d) Asegurar la grabación y edición de vídeos, publicación de ponencias y
transmisión por streaming de las actividades objeto del convenio a través de los medios
materiales y personales de los que dispone.
e) Proporcionar los brutos de grabación de vídeos.
f) Financiar los gastos de desplazamientos, alojamiento y manutención de 2
monitores, durante cuatro días, de la Fundación LaLiga por un importe máximo
de 827,00 euros (ochocientos veintisiete euros).
3.
La Fundación LaLiga se compromete a:
a) Desarrollar de talleres sociodeportivos en centros escolares durante los cuatro
días de visita por 2 monitores de Fundación LaLiga.
b) Brandear las instalaciones en las que se celebren las actividades objeto del
convenio.
c) Producción de diferente material de comunicación y branding.
d) Contribuir al cumplimiento de la actividad objeto del presente convenio mediante
la entrega a los colaboradores que se seleccionen por la Comisión de seguimiento del
siguiente material valorado en 4.047 euros (cuatro mil cuarenta y siete euros):
–
–
–
–
–
–
50 balones.
1200 lanyards.
120 petos.
5 kits conos deportivos.
1200 Goodies.
1200 pines LaLiga.
Tercera. Financiación y gestión económica.
1. El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Fundación LaLiga se
comprometen a aportar los recursos necesarios, en los términos que se indican en el
presente convenio, para la realización de la colaboración prevista en el presente
instrumento.
2. Para el desarrollo de las actividades que comprende el cumplimiento del
presente convenio, las partes aportarán en dinero o en especie, como máximo, las
siguientes cantidades:
La Consejería de Educación: 827,00 euros (ochocientos veintisiete euros).
Fundación LaLiga: 4.047 euros (cuatro mil cuarenta y siete euros).
3. El Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la Consejería de
Educación en Marruecos financiará los gastos derivados de los compromisos que asume
en el presente convenio y que ascenderán como máximo a 827,00 euros (ochocientos
veintisiete euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.322F.226.15 de su
presupuesto de gastos para el año 2023, en el que cuenta con crédito adecuado y
suficiente.
cve: BOE-A-2023-9083
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)