III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2023-9083)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Fundación LaLiga, para la realización de actividades culturales y educativas conjuntas en el ámbito de la Consejería de Educación en Marruecos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Miércoles 12 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52674
Séptimo.
Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, con fecha 10 de marzo de 2023.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el
presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones de la colaboración
entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de Educación
en Marruecos y Fundación LaLiga para la organización conjunta de actividades entorno
al fútbol y los valores que representa con el objetivo de transmitir los mismos al
alumnado español y marroquí y, en particular, al alumnado de los centros educativos no
universitarios de Marruecos en situación de exclusión social.
Dichas actividades podrán consistir en la organización de coloquios, mesas
redondas, conferencias y presentaciones tanto en los centros de titularidad del Estado
español dependientes de la Consejería de Educación de la Embajada de España en
Marruecos, como en las sedes de sus colaboradores.
La decisión final sobre la/s actividad/es a realizar, su contenido, los lugares y fechas
de celebración de las mismas se realizará de mutuo acuerdo entre las partes durante la
vigencia del presente convenio, a través de los responsables del seguimiento del
convenio previstos en la cláusula octava siguiente, siempre que la decisión no afecte al
contenido esencial del convenio, en cuyo caso las partes deberán tramitar la
correspondiente adenda de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Segunda.
1.
Compromisos de las partes.
Compromisos comunes:
2. El Ministerio de Educación y Formación Profesional, a través de la Consejería de
Educación en Marruecos se compromete a:
a) Facilitar, en las mejores condiciones posibles y por un plazo inferior a treinta
días, el uso de sus espacios en Marruecos para la organización de actividades
relacionadas con las actividades y ruedas de prensa, encuentros, mesas redondas, o
presentaciones que organicen conjuntamente las partes en torno a las mismas.
Las condiciones de uso de estos espacios se acordarán entre las partes a través de
la Comisión de seguimiento prevista en el presente convenio al objeto de estudiar su
viabilidad.
cve: BOE-A-2023-9083
Verificable en https://www.boe.es
a) Facilitar a la otra parte la información que precise sobre la actividad que ésta
desarrolle para la consecución del objeto del presente convenio.
b) Prestar, en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activas que se precisen
para la consecución del objeto del presente convenio.
c) Elaborar los términos de referencia de las actividades, así como la propuesta y
selección de ponentes de las respectivas actividades.
d) Redactar un informe sobre cada una de los foros, jornadas, encuentros y
actividades que se celebren al amparo del presente convenio. Dicho informe será
consensuado con los participantes y las partes y presentará un resumen de lo aprendido/
discutido, unas conclusiones y recomendaciones.
e) Facilitar el uso de los medios audiovisuales y del resto de medios materiales y
humanos que sean necesarios para el desarrollo de las actividades que se realicen en
ejecución de lo previsto en el presente convenio.
Núm. 87
Miércoles 12 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52674
Séptimo.
Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, con fecha 10 de marzo de 2023.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el
presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones de la colaboración
entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de Educación
en Marruecos y Fundación LaLiga para la organización conjunta de actividades entorno
al fútbol y los valores que representa con el objetivo de transmitir los mismos al
alumnado español y marroquí y, en particular, al alumnado de los centros educativos no
universitarios de Marruecos en situación de exclusión social.
Dichas actividades podrán consistir en la organización de coloquios, mesas
redondas, conferencias y presentaciones tanto en los centros de titularidad del Estado
español dependientes de la Consejería de Educación de la Embajada de España en
Marruecos, como en las sedes de sus colaboradores.
La decisión final sobre la/s actividad/es a realizar, su contenido, los lugares y fechas
de celebración de las mismas se realizará de mutuo acuerdo entre las partes durante la
vigencia del presente convenio, a través de los responsables del seguimiento del
convenio previstos en la cláusula octava siguiente, siempre que la decisión no afecte al
contenido esencial del convenio, en cuyo caso las partes deberán tramitar la
correspondiente adenda de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Segunda.
1.
Compromisos de las partes.
Compromisos comunes:
2. El Ministerio de Educación y Formación Profesional, a través de la Consejería de
Educación en Marruecos se compromete a:
a) Facilitar, en las mejores condiciones posibles y por un plazo inferior a treinta
días, el uso de sus espacios en Marruecos para la organización de actividades
relacionadas con las actividades y ruedas de prensa, encuentros, mesas redondas, o
presentaciones que organicen conjuntamente las partes en torno a las mismas.
Las condiciones de uso de estos espacios se acordarán entre las partes a través de
la Comisión de seguimiento prevista en el presente convenio al objeto de estudiar su
viabilidad.
cve: BOE-A-2023-9083
Verificable en https://www.boe.es
a) Facilitar a la otra parte la información que precise sobre la actividad que ésta
desarrolle para la consecución del objeto del presente convenio.
b) Prestar, en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activas que se precisen
para la consecución del objeto del presente convenio.
c) Elaborar los términos de referencia de las actividades, así como la propuesta y
selección de ponentes de las respectivas actividades.
d) Redactar un informe sobre cada una de los foros, jornadas, encuentros y
actividades que se celebren al amparo del presente convenio. Dicho informe será
consensuado con los participantes y las partes y presentará un resumen de lo aprendido/
discutido, unas conclusiones y recomendaciones.
e) Facilitar el uso de los medios audiovisuales y del resto de medios materiales y
humanos que sean necesarios para el desarrollo de las actividades que se realicen en
ejecución de lo previsto en el presente convenio.