III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2023-9031)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la aprobación de un nuevo Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada "Cupón de la ONCE".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 52277

la protección de los menores de edad, de acuerdo con la legislación específica vigente.
Para la introducción de estos nuevos soportes se aprobará, en su momento, una
modificación en el presente Reglamento, en el que se contendrá la regulación de los
nuevos aspectos necesarios para su implantación plena.
En los soportes boletos emitidos por terminal punto de venta y boletos adquiridos en
el canal Internet el cliente podrá darse de alta en el servicio «mis números preferidos»,
mediante el cual podrá reservar determinados números para los productos del «Cupón»
de sorteos futuros, de acuerdo con lo dispuesto en el apéndice 5 de este Reglamento.
En el soporte boleto emitido por terminal punto de venta, la comercialización podrá
realizarse utilizando dos formas de compra: boleto con cupones para un único sorteo y
boleto con cupones para varios sorteos de una semana.
El precio unitario de cada cupón de los productos del «Cupón», el procedimiento de
fijación de los días de celebración de los sorteos, la forma de realizar dichos sorteos, y la
distribución de premios quedan regulados en el presente Reglamento, y sus posibles
modificaciones futuras serán aprobadas por el Consejo General de la ONCE, en el
ejercicio de las facultades atribuidas por la normativa aplicable, a propuesta de su
Dirección General y reflejadas mediante la oportuna actualización del presente
Reglamento, modificaciones que serán sometidas al proceso de verificación o toma de
conocimiento por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado.
La comercialización de los boletos de los productos del «Cupón» en sus soportes
preimpreso y terminal punto de venta se realizará por medio de los puntos de venta
autorizados, entendiendo como tales a los agentes vendedores con relación laboral con
la ONCE y a otras personas físicas o jurídicas de su red comercial externa que hayan
suscrito con la ONCE un acuerdo para esta comercialización, y sin perjuicio de su
distribución a través de otros canales, en los términos previstos en la normativa
aplicable.
La comercialización de boletos en el canal Internet a través de sitio
«JuegosONCE.es», se realizará conforme a las normas y procedimientos generales
establecidos en las «Condiciones del contrato de juego de la ONCE».
La ONCE aplicará sobre los premios obtenidos, la retención que determine la
normativa fiscal vigente en cada momento, según se indica en el presente Reglamento.
TEXTO ARTICULADO
CAPÍTULO 1
Comercialización de los productos del «Cupón»
Artículo 1. Características generales.
1.1 El presente Reglamento tiene por objeto establecer las condiciones por las que
se rige la compra de boletos con cupones de los productos de la Modalidad de lotería
denominada «Cupón de la ONCE», y la celebración de los sorteos de dichos productos.
1.2 Para cada uno de los sorteos del «Cupón de la ONCE», se pondrán a la venta
series de cupones de cien mil números correlativos desde el 00.000 al 99.999, cada una.
1.3 Los boletos preimpresos que, antes de su entrega a los puntos de venta
autorizados, hayan sido robados, sustraídos, perdidos, deteriorados, o cualquier otra
circunstancia similar, procederán a anularse, registrándose tal circunstancia en el
Sistema Central de Control de Juego de la ONCE, en adelante, el Sistema Central.
1.4 El hecho de adquirir boletos de productos del «Cupón de la ONCE», cualquiera
que sea su soporte, implica el conocimiento del presente Reglamento por parte de los
clientes que participen en los sorteos de estos productos y su adhesión a las normas
incluidas en el mismo, quedando sometidas todas las compras a dichas normas.
1.5 Adicionalmente, en el caso de boletos adquiridos en el canal Internet a través
del sitio «JuegosONCE.es», la compra supone el conocimiento y adhesión a las
«Condiciones del contrato de juego de la ONCE».

cve: BOE-A-2023-9031
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 86