III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-8939)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Red Española para el Desarrollo Sostenible, para el desarrollo de actividades de impulso a la dimensión cultural de la Agenda 2030.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023
Quinta.

Sec. III. Pág. 51798

Eficacia y vigencia del convenio.

Conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio entrará en vigor tras su
inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal. Tras su inscripción en el citado Registro, se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado» y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023
con la entrega del balance final de las actividades objeto de colaboración, lo cual tiene
cabida dentro de los márgenes establecidos en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que
se materializará a través de la firma.
Sexta. Modificaciones del convenio.
En aplicación del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, la modificación del presente convenio requerirá acuerdo
unánime de los firmantes, en cualquier momento previo a que finalice el plazo de
vigencia del convenio, siempre y cuando no altere el objeto del presente convenio,
debiendo seguirse los mismos trámites que para su inscripción.
Séptima.

Extinción del convenio y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causa de resolución:
– El transcurso del plazo de vigencia del convenio.
– El común acuerdo entre las dos partes.
– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la
comisión de seguimiento y control de la ejecución del convenio.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio.
– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la legislación vigente.
Financiación.

La aplicación y ejecución de este convenio, incluyéndose al efecto todos los actos
jurídicos que pudieran dictarse en su ejecución y desarrollo, supone un desembolso por parte
de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 de 50.000,00 € (cincuenta mil euros),
impuestos incluidos, con cargo a la aplicación presupuestaria 29.07.921Y.226.10. La
aportación estará dirigida a la financiación de las actuaciones desglosadas en el anexo I.
Por su parte, la entidad REDS se compromete a aportar, con cargo a su propio
presupuesto, la cantidad de 21.296,00 € (veintiún mil doscientos noventa y seis euros),
impuestos incluidos, en concepto de recursos humanos, infraestructura, difusión y
comunicación. La aportación estará dirigida a la financiación de las actuaciones
desglosadas en el anexo I.
La aportación de la financiación comprometida por la Secretaría de Estado para la
Agenda 2030 se hará efectiva a la finalización de cada una de las actividades
programadas conjuntamente, tras la justificación de su efectivo cumplimiento, por parte
de REDS, a través de la presentación de una memoria técnica y económica, y previa
certificación de la Comisión de Seguimiento del convenio que acredite su realización.

cve: BOE-A-2023-8939
Verificable en https://www.boe.es

Octava.