III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-8939)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Red Española para el Desarrollo Sostenible, para el desarrollo de actividades de impulso a la dimensión cultural de la Agenda 2030.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51797

Tercera. Difusión de la colaboración.
La Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y REDS se comprometen a dar
máxima publicidad de este convenio.
Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras en las citadas
actividades, al mismo nivel de créditos y representación.
De este modo, las partes:
– Se comprometen a incluir y difundir la presente colaboración en todo el material
divulgativo y publicitario que edite, en cualquier soporte, con motivo de la colaboración
prevista en la cláusula primera del presente convenio.
– Se reconocen el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad propias y a
difundir por su cuenta, y a través de los medios que tengan por conveniente, su
aportación a la colaboración.
A efectos de lo previsto en la presente cláusula, las partes se proporcionarán
mutuamente los modelos de marcas o logotipos que deban ser difundidos, y se ajustarán
en todo caso, cualquiera que sea el material en el que se inserten, a los diseños
facilitados que no podrán modificar ni alterar de ninguna manera sin el consentimiento
previo de la otra parte.
La utilización de materiales gráficos o de imagen vinculados a la colaboración se
limita exclusivamente a los fines de la presente colaboración sin que ello suponga la
concesión a favor ni de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, ni de REDS, de
ningún derecho, independientemente de su naturaleza, sobre el logotipo ni sobre la
marca de la contraparte y se realizará de acuerdo con las correspondientes normas
gráficas de cada una de las partes.
En tal caso deberán comunicar y proporcionar a la otra parte la denominación e
imagen de la entidad colaboradora e indicar, en su caso, los soportes y material de
divulgación en los que se incluirá dicha imagen.
En todos los materiales que produzcan las partes deberá incluirse la siguiente línea
de créditos y representación: «Organizan: Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y REDS, Red Española para el
Desarrollo Sostenible».
Las partes incluirán en sus respectivas páginas web un enlace a la página de la otra
parte durante la vigencia del presente Convenio.
Cuarta. Seguimiento y control.
Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo
establecido en el presente convenio se crea una Comisión de Seguimiento paritaria,
integrada por cuatro miembros, dos representantes designados por la Secretaría de
Estado para la Agenda 2030 y dos designados por REDS. La Comisión de Seguimiento
estará presidida por un representante de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030.
La Comisión se reunirá cuantas veces considere necesario para la buena marcha de
las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio y tendrá las siguientes funciones:
a) La supervisión y control de la ejecución de las actividades contempladas en el
presente convenio.
b) Resolver de mutuo acuerdo las dudas y controversias que pudieran surgir con
motivo del desarrollo del presente convenio
El régimen de funcionamiento y toma de acuerdos de la Comisión de Seguimiento se
ajustará a lo establecido en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2023-8939
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Núm. 85