III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-8940)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Plataforma por los Derechos Trans, para el desarrollo de actividades de promoción de la integración de la diversidad de la Agenda 2030.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51805

La Comisión se reunirá cuantas veces considere necesario para la buena marcha de
las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio y tendrá las siguientes funciones:
a) La supervisión y control de la ejecución de las actividades contempladas en el
presente convenio.
b) Acordar, de manera detallada, los términos para la ejecución de las actividades
de colaboración en materia de actividades concretas, manteniendo el contenido mínimo
y esencial del convenio.
c) Resolver de mutuo acuerdo las dudas y controversias que pudieran surgir con
motivo del desarrollo del presente convenio.
El régimen de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo
establecido en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarta.

Financiación.

La aplicación y ejecución de este convenio, incluyéndose al efecto todos los actos
jurídicos que pudieran dictarse en su ejecución y desarrollo, supone un desembolso por
parte de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 de 31.300,00 euros (treinta y un
mil trescientos euros), impuestos incluidos, con cargo a la aplicación
presupuestaria 29.07.921Y.226.10. La aportación estará dirigida a la financiación de las
actuaciones desglosadas en el anexo I.
Por su parte, la Federación Plataforma por los Derechos Trans se compromete a
aportar, con cargo a su propio presupuesto, la cantidad de 8.826,00 euros (ocho mil
ochocientos veintiséis euros), impuestos incluidos, en concepto de recursos humanos,
infraestructura, difusión y comunicación. La aportación estará dirigida a la financiación de
las actuaciones desglosadas en el anexo I.
La aportación de la financiación comprometida por la Secretaría de Estado para la
Agenda 2030 se hará efectiva a la finalización de cada una de las actividades
programadas conjuntamente, tras la justificación de su efectivo cumplimiento, por parte
de Federación Plataforma por los Derechos Trans, a través de la presentación de una
memoria técnica y económica, y previa certificación de la Comisión de Seguimiento del
convenio que acredite su realización.
Quinta.

Eficacia y vigencia del convenio.

Sexta.

Modificaciones del convenio.

En aplicación del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, la modificación del contenido del presente convenio requerirá
acuerdo unánime de los firmantes, en cualquier momento previo a que finalice el plazo
de vigencia del convenio, debiendo seguirse los mismos trámites que para su
suscripción.

cve: BOE-A-2023-8940
Verificable en https://www.boe.es

Conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio resultará eficaz tras su
inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal. Tras su inscripción en el citado Registro, se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado» y extenderá su vigencia hasta seis meses después de su
entrada en vigor, con la entrega del balance final de las actividades objeto de
colaboración, lo cual tiene cabida dentro de los márgenes establecidos en el
artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
El convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que
se materializará a través de la firma.