III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-8940)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Plataforma por los Derechos Trans, para el desarrollo de actividades de promoción de la integración de la diversidad de la Agenda 2030.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023
2.

Sec. III. Pág. 51804

Federación Plataforma por los Derechos Trans se compromete a:

Colaborar con la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, en la organización y
desarrollo de las actividades objeto de este convenio, mediante la aportación de recursos
económicos con cargo a sus propios presupuestos.
Conjuntamente con la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, a asumir la
preparación y coordinación de las siguientes actividades que forman parte del presente
convenio:
– Elaboración de una «Guía de conceptos en identidades trans EMPODERA-T», que
avance en identificación de conceptos y apoye la promoción de normativas acordes con
el respeto a los Derechos Humanos de los hombres y mujeres trans y sus familias. Esta
actividad comprende tareas de preparación y coordinación de los contenidos, incluyendo
su diseño y maquetación, así como de impresión de 1.000 unidades que serán puestas a
disposición del público en foros y actividades especializados en este ámbito, a la vez que
estará disponible en plataformas digitales como «Scribd» para que resulte accesible a
cualquier persona, entidad u organismo.
– Realización de actividades formativas que contribuyan al conocimiento de la
realidad de las personas trans y respondan a la necesaria integración de la diversidad en
la Agenda 2030. Esta actividad comprende tareas de elaboración de los materiales,
coordinación de contenidos e impartición de cuatro talleres formativos on-line, que serán
realizados cada quince días durante tres meses, alcanzando un público estimado
de 12.000 personas Los contenidos de dichos talleres versarán sobre las siguientes
temáticas: «Identidades Trans, Conceptos y tópicos asociados», «Legislación
internacional y nacional sobre personas trans», «Salud Integral en las Personas Trans» y
«Memoria Histórica e Integración Social de las Personas Trans».
– Coordinación de una exposición monográfica itinerante, que viajará a más de diez
ciudades españolas, para visibilizar buenas prácticas en el empoderamiento y la participación
activa de las personas trans, contribuyendo a la visibilización social del movimiento trans. Así
mismo contará con difusión en prensa y redes sociales. Esta actividad comprende tareas de
preparación y coordinación de los contenidos de la exposición, gestión logística de su
itinerancia, así como labores de comunicación y difusión de la iniciativa.
– Promoción de la participación, voluntariado y asociacionismo en las personas trans
a través de actividades de difusión de materiales que fomenten la Federación Plataforma
por los Derechos Trans como un instrumento para incentivar la organización de las
personas trans y su participación en el movimiento asociativo, con objeto de conseguir la
igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres trans y cis. Esta actividad comprende la
coordinación de la preparación y realización de material para la visibilidad del colectivo
trans para su puesta a disposición entre las personas trans, voluntariado y otro público
participante en el conjunto de las actividades de este convenio.
Seguimiento y control.

Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo
establecido en el presente convenio se crea una Comisión de Seguimiento paritaria,
integrada por dos miembros, un representante designado por la Secretaría de Estado
para la Agenda 2030 y un representante designado por la Federación Plataforma por los
Derechos Trans.
La Secretaria de Estado para la Agenda 2030 y la Junta Directiva de la Federación
Plataforma por los Derechos Trans podrán sustituir, en el ámbito de sus competencias, a
los miembros de la Comisión de Seguimiento que pierdan o cambien la condición por la
que fueron designados para la misma, informando de ello a la otra parte.

cve: BOE-A-2023-8940
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.