III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8926)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo del Grupo Hermanos Martín.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51682

En caso de fallecimiento, serán beneficiarios las/os familiares que la persona
trabajadora hubiere designado, en su defecto, los llamados a suceder por orden legal.
En caso de fallecimiento de una persona trabajadora, la empresa queda obligada a
satisfacer a su cónyuge, o a los hijos o hijas la cantidad correspondiente a dos
mensualidades completas del salario base que percibiese la persona trabajadora en el
año de fallecimiento. Quedan equiparadas las parejas de hecho referenciadas a lo largo
del presente convenio.
Artículo 57. Descuento para personas trabajadoras.
La empresa establece un 8% de descuento en compras para toda la plantilla, en
todas sus enseñas, no aplicándose dicho descuento en el formato Cash Fresh.
En caso de nuevos formatos comerciales será la comisión negociadora de este
convenio la que establezca el porcentaje de descuento a aplicar. Dicho descuento, se le
aplicará a la persona trabajadora de forma automática una vez realice la compra y se
identifique con su tarjeta de empleado o empleada, es decir, aplicándosele directamente
sobre el importe total de compra efectuado sin límite alguno.
Toda la plantilla disfrutará, así mismo, de tres tarjetas adicionales para compras con
el mismo descuento reflejado en el párrafo anterior.
Este descuento tendrá un límite de 600 euros al mes en compras por cada tarjeta
descuento. Del mismo modo, solo se aplicará hasta un máximo de cuatro actos de
compras al día.
Artículo 58.

Prendas de trabajo.

Se actuará según protocolo vigente en cada momento en la empresa, conforme con
la representación legal de las personas trabajadoras.
Artículo 59. Fundación MAS.
Son fines de esta fundación todas aquellas actividades enfocadas al desarrollo de la
cultura, la educación y el bienestar de la sociedad en general y especialmente, de todos
las personas trabajadoras de Grupo Hermanos Martín y sus familiares.
Concretamente, la Fundación M.A.S. persigue los siguientes fines:

La Fundación, para la consecución de sus fines, puede realizar las actividades que,
con carácter puramente enunciativo y no exhaustivo, se indican a continuación:
– Apoyo a las iniciativas de voluntariado del grupo M.A.S. Solidarios.
– Concesión de Becas y Ayudas de estudio en todos los niveles educativos para
aquellos hijos e hijas de personas trabajadoras que sean estudiantes excepcionales.
– Concesión de premios que reconozcan públicamente la labor ejemplar de
personas físicas o jurídicas en beneficio de la sociedad.

cve: BOE-A-2023-8926
Verificable en https://www.boe.es

– Promover y apoyar las iniciativas sociales que surjan dentro de Grupo Hermanos
Martín.
– Desarrollar programas de formación, investigación y divulgación cultural para la
sociedad en general y en especial, para los clientes y clientas y personas trabajadoras
de Grupo Hermanos Martín.
– Impulsar iniciativas y programas de voluntariado de otras organizaciones sin ánimo
de lucro que tengan actividad en el ámbito donde opera Grupo Hermanos Martín.
– Fomentar el desarrollo educativo y de valores en la sociedad donde Grupo
Hermanos Martín está presente.
– Promover la asistencia e inclusión social de personas con discapacidad,
especialmente entre el colectivo de las personas trabajadoras y clientes o clientas de
Grupo Hermanos Martín.