III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8924)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Iberdrola Inmobiliaria, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51623

empresa entregará copia de la transferencia, si la hubiere, al/a la Delegado/a Sindical o
persona debidamente apoderada por el Sindicato.
Artículo 52. Garantías de los miembros de los Comités de empresa, delegadas/os de
personal y delegadas/os de las secciones sindicales.
Durante el período de ejercicio de sus funciones y al año siguiente al de expiración
de su mandato, salvo que dicha expiración se produzca por revocación o dimisión, no
podrá ser despedido/a o sancionado/a por actuación basada en el ejercicio de su
representación ningún miembro de Comité de empresa o Delegado/a de personal.
Si el despido o cualquier otra sanción por supuestas faltas graves o muy graves,
obedeciera a otras causas, deberá tramitarse expediente contradictorio en el que serán
oídos, aparte del/de la interesado/a, el Comité de empresa del centro de trabajo a que
pertenezca o restantes Delegados/as de personal de su centro de trabajo y el/la
Delegado/a sindical de la misma afiliación, si lo hubiere.
Poseerán prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo, respecto a las
demás personas trabajadoras, en los supuestos de suspensión o extinción de contratos
por causas tecnológicas o económicas. No podrán ser discriminados/as en su promoción
económica o profesional por causa o en razón del desempeño de su representación.
Podrán ejercer la libertad de expresión en el interior de la empresa en las materias
propias de su representación, pudiendo publicar o distribuir, sin perturbar el normal
desenvolvimiento del proceso productivo, aquellas publicaciones de interés laboral o
social, comunicando todo ello a la Dirección y ejerciendo tales tareas de acuerdo con la
normativa legal vigente al efecto.
Las/os representantes de las personas trabajadoras no sufrirán perjuicio en su
remuneración durante el tiempo de actuación en el ejercicio de su cargo, dentro de la
garantía horaria que les corresponda.
Los actuales representantes electos mantendrán sus mandatos hasta las próximas
elecciones sindicales de cada centro de trabajo de Iberdrola Inmobiliaria, aun cuando se
incorporen a otros centros de trabajo.
CAPÍTULO XII
Prevención de riesgos y salud laboral
Artículo 53. Prevención de riesgos laborales.
La política general de prevención de riesgos laborales y salud laboral se ejercerá a
nivel de Iberdrola Inmobiliaria, de conformidad con la ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
prevención de riesgos laborales, reformada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, y el
real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los
servicios de prevención, reformado por el real decreto 604/2006 de 19 de mayo
En este sentido y de acuerdo con el artículo segundo, apartado 1.2 de la ley 54/2003,
el empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad
preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de
identificación, evaluación y control de los riesgos que no se hayan podido evitar y los
niveles de protección existentes.
La ley de prevención de riesgos laborales tiene por objeto promover la seguridad y la
salud de las personas trabajadoras, mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de
las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo,
considerando a la prevención, como al conjunto de actividades o medidas adoptadas o
previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los
riesgos derivados del mismo.
La política en materia de prevención a desarrollar tendrá por objeto la promoción de
la mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la
seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo.

cve: BOE-A-2023-8924
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Núm. 85