III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-8807)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Fundación Rioja Salud, para la financiación y provisión de desfibriladores semiautomáticos externos en unidades de la Policía Nacional y de la Guardia Civil destacadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Sábado 8 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51210

adjudicataria en un plazo máximo de cuatro meses desde la formalización del contrato
correspondiente.
Mediante acuerdo motivado de las partes se podrá ampliar el número de agentes que
hayan de recibir la formación durante el período de vigencia del convenio.
En todo caso, en la instalación y uso de estos dispositivos se estará a lo dispuesto en
el Decreto 8/2019, de 3 de mayo, por el que se regula la instalación y utilización de
desfibriladores semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario de la Comunidad
Autónoma de La Rioja, así como en el resto de normas concordantes.
Cuarta.

Revisión y mantenimiento.

A fin de garantizar una adecuada protección y mantenimiento de los desfibriladores,
la Fundación Rioja Salud ofrecerá un servicio global de asistencia permanente y
mantenimiento durante el periodo de vigencia del presente acuerdo. Las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado destinadas en La Rioja incorporarán los aparatos
desfibriladores a sus protocolos de revisión habitual para detectar las anomalías que, en
su caso, se puedan producir y comunicarlas a la mayor brevedad a la Fundación Rioja
Salud, garantizando el mantenimiento y conservación de los equipos de acuerdo con las
condiciones de garantía del fabricante.
Quinta. Financiación.
El presente convenio no conlleva contraprestación económica alguna entre las
partes; si bien, los gastos derivados de la adquisición de los equipos (DESA) y los
derivados del programa de formación de los agentes de la Guardia Civil y de la Policía
Nacional para la utilización de los citados equipos, correrá a cargo de la Fundación Rioja
Salud por una cuantía máxima total de setenta y dos mil sesenta y ocho euros
(72.068,00).
Las actividades que resulten necesarias para el desarrollo de los compromisos no
generarán gasto específico directo para el Ministerio del Interior, de conformidad con lo
establecido en el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, resultando así del mismo el coste cero para
ese departamento ministerial.
Sexta.

Eficacia y vigencia.

Séptima. Resolución.
Serán causas de resolución del convenio, además del transcurso del plazo de
vigencia, el mutuo acuerdo entre las partes, la imposibilidad sobrevenida de cumplir el
objeto del suministro o el incumplimiento de una de las partes acreditado por la otra, así
como aquellas previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
A excepción del supuesto de transcurso del plazo de vigencia, cuando concurran el
resto de causas de resolución, las partes vendrán obligadas a comunicarse

cve: BOE-A-2023-8807
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, el presente convenio resultará eficaz una vez sea inscrito, en el plazo de cinco
días desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público estatal. Será obligatoria su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización.
Tendrá una vigencia de cuatro años y, conforme con lo dispuesto en el artículo 49 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en cualquier momento antes de la finalización de dicho
plazo, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un
periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción. La prórroga, una vez firmada, se
inscribirá en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
(REOICO) y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».