III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2023-8777)
Orden TES/345/2023, de 29 de marzo, por la que se modifica la Orden ESS/763/2016, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a financiar la renovación de instalaciones y equipamientos para oficinas de empleo con personal del Servicio Público de Empleo Estatal.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Viernes 7 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51072

En cuanto a los principios de necesidad y eficacia, estos se cumplen en la medida
que la norma resulta el instrumento más indicado para lograr los intereses que se
persiguen, dada la necesidad de actualizar el procedimiento. El ajuste de la norma a
estos principios deriva de la defensa del interés general, materializado en la necesidad
de agilizar los procedimientos de concesión de estas subvenciones para mejorar las
condiciones laborales de los trabajadores de las oficinas de empleo y las condiciones de
atención a los usuarios en las mismas.
En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece la regulación
imprescindible para atender la necesidad de modificar parcialmente, para su mejora,
determinados aspectos de la gestión de la concesión de subvenciones por el SEPE, en
la Orden ESS/763/2016, de 5 de abril.
Por otra parte, se cumple con el principio de seguridad jurídica, ya que la orden es
coherente con el resto del ordenamiento jurídico en su ámbito de aplicación. Igualmente,
se ha tenido en cuenta el principio de transparencia, definiéndose claramente el objeto y
ámbito de aplicación en su proceso de tramitación.
Por lo demás, la norma es coherente con el principio de eficiencia, en tanto que la
norma persigue una correcta utilización de los recursos públicos, racionalizando el
proceso de gestión de las subvenciones.
En el proceso de elaboración de esta orden, ha emitido informe la Abogacía del
Estado en el Departamento y la Intervención Delegada de la Intervención General de la
Administración del Estado en el Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden ESS/763/2016, de 5 de abril, por la que se
establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a
financiar la renovación de instalaciones y equipamientos para oficinas de empleo con
personal del Servicio Público de Empleo Estatal.
La Orden ESS/763/2016, de 5 de abril, por la que se establecen las bases
reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a financiar la renovación de
instalaciones y equipamientos para oficinas de empleo con personal del Servicio Público
de Empleo Estatal, queda modificada como sigue:
Uno.

El apartado 1 del artículo 1 queda redactado como sigue:

«1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para
la concesión, mediante concurrencia competitiva, de subvenciones para
actuaciones de renovación total o parcial de las oficinas de empleo con presencia
de personal del Servicio Público de Empleo Estatal.»
El artículo 3 queda redactado de la siguiente forma:

«Además de las obligaciones previstas con carácter general en el artículo 14
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los
beneficiarios vendrán obligados a realizar la actividad objeto de subvención
durante el periodo que se determine en la correspondiente convocatoria y en todo
caso se ajustarán a los requisitos mínimos por oficina establecidos en el anexo I.»
Tres.

El apartado 3 del artículo 6 queda redactado en los siguientes términos:

«3. El procedimiento se iniciará de oficio mediante convocatoria pública
aprobada por la correspondiente resolución de la Dirección General del Servicio
Público de Empleo Estatal, que será publicada en la base de datos nacional de
subvenciones, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 20.8

cve: BOE-A-2023-8777
Verificable en https://www.boe.es

Dos.