I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Protección a la infancia y adolescencia. (BOE-A-2023-8710)
Ley 7/2023, de 10 de marzo, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82

Jueves 6 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 50665

b) Establecer figuras de referencia, modelado y apoyo, en particular para
adolescentes menores de edad que pasan por situaciones complejas en el ámbito
familiar.
c) Ofrecer periodos breves de convivencia familiar (vacaciones, fines de semana...)
a niños, niñas y adolescentes en acogimiento residencial para los que el acogimiento
familiar no se considera viable.
d) Aportar un referente personal y familiar para las personas menores de edad que
han tenido una medida de protección o se encuentran en situación de conflicto social.
e) Promover el apoyo de personas y familias referentes tanto para jóvenes que
participan en el programa de autonomía personal o que están cumpliendo una medida
judicial.
4. Las personas o familias que deseen colaborar en el programa deberán contar
con la formación, valoración y autorización que se determine reglamentariamente.
5. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha fomentará
la participación de las personas y familias de la región en el programa de personas y
familias referentes, así como en otros programas de participación y colaboración,
mediante actuaciones generales de sensibilización, difusión y campañas periódicas de
captación, con el objetivo de conseguir una disponibilidad real, suficiente y adecuada de
personas y familias.
TÍTULO V
Preparación para la vida independiente
Artículo 78.

Objeto.

La preparación para la vida independiente es el conjunto de medidas, programas y
actuaciones que se establecen para apoyar a los procesos de autonomía personal de
personas sobre las que se ejerza o se haya ejercido una medida de protección, así como
a jóvenes que estén cumpliendo una medida judicial por hechos tipificados como delitos
o faltas recogidos en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de responsabilidad penal
de los menores.
Artículo 79. Finalidad.
La finalidad de los programas de preparación para la vida independiente es prestar
apoyo profesional personalizado e integral y de recursos a las personas sobre quienes
se ejerza o se haya ejercido alguna actuación protectora como consecuencia de
situaciones de riesgo declarado, desamparo o se encuentre cumpliendo una medida
judicial. Con ello se persigue evitar situaciones de riesgo de exclusión y facilitar su
incorporación social plena a través de una serie de medidas de carácter formativo,
laboral, residencial y personal. Todo ello quedará condicionado al compromiso de cada
persona en el desarrollo de su itinerario individualizado.

1. Se establecerán actuaciones y programas para facilitar el proceso de transición a
la vida adulta de las personas que han dejado de estar tuteladas por la Administración de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por cumplir la mayoría de edad o que,
estando tutelados, están próximos a cumplir los 18 años, así como a jóvenes que se
encuentren cumpliendo medidas judiciales.

cve: BOE-A-2023-8710
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 80. Programas y medidas de apoyo para la preparación a la vida
independiente.