I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-8579)
Real Decreto 251/2023, de 4 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la empresa ArcelorMittal España S.A. para la ejecución del proyecto Hidrógeno circular DRI, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 50018

c) Documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona
que formule la solicitud de ayuda como su representante, en la forma de poder notarial
debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, en cuyo caso se aportará
certificación expedida por este último. La intervención por medio de representante de las
entidades beneficiarias de las ayudas exige la acreditación de la representación
necesaria para cada actuación, en los términos establecidos en el artículo 5 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
d) Certificado del Registro Mercantil que acredite la constitución y existencia de la
sociedad, su denominación, objeto, capital social, domicilio social, duración, órgano de
gobierno o administración y personas que lo componen.
e) Acreditación, mediante certificación del Libro Registro de Socios de la entidad o
el mecanismo legalmente pertinente, de la identidad de los socios y sus respectivos
porcentajes de participación en el capital social. Igualmente, se presentará el certificado
de inscripción en el registro correspondiente del Ministerio de Hacienda y Función
Pública.
f) Documentación que acredite el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y
Retenedores de la AEAT o equivalente. En su defecto se deberá autorizar expresamente
al órgano administrativo concedente para que pueda consultar directamente dicha
información de forma directa con la AEAT o equivalente.
g) Documentación acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, lo que deberá verificarse conforme
a lo dispuesto en el artículo 22.4 del Reglamento que desarrolla la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y teniendo presente lo establecido por la
disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, así como el
artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria. La presentación de la solicitud de subvención
conllevará la autorización por la entidad beneficiaria para que el órgano concedente
obtenga de forma directa la acreditación de la circunstancia de estar al corriente de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos, en
cuyo caso no deberán aportar las correspondientes certificaciones. No obstante, la
entidad beneficiaria podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar
entonces las certificaciones correspondientes.
h) Cuentas anuales registradas en el Registro Mercantil de los dos ejercicios
anteriores y, si está obligado a ello, Informes de Auditoría de las mismas.
i) Hitos y Objetivos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia a los que contribuye el proyecto beneficiario. Se debe indicar la confirmación
de a qué Hitos y Objetivos CID contribuye el proyecto (i.e. #184, #185, #186), así como
el detalle de cómo y por qué contribuye a ese objetivo, en línea con los mecanismos de
verificación y cumplimiento de los Hitos y Objetivos CID. Será condición indispensable
para poder ser beneficiario de la ayuda la contribución de los objetivos. El listado
definitivo de Hitos y Objetivos CID a los que contribuye el proyecto y su justificación se
incluirá en la resolución de concesión.
j) Memoria de evaluación sustantiva de las actividades del proyecto, que determine
el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo», con la estructura y
contenido que se especifican en el anexo I.
k) Último informe verificado de las emisiones de gases de efecto invernadero de la
instalación en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE) de la
Unión Europea.
l) Acreditación del cumplimiento con el límite de plazo máximo de pago de la
Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, y del
artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante certificación emitida
por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que atenderá al plazo
efectivo de los pagos de la empresa beneficiaria.
m) Aceptación expresa de las condiciones de la subvención que se establecen en
el presente real decreto.

cve: BOE-A-2023-8579
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Núm. 81