III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8556)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Avis Alquile un Coche, SAU.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80
Martes 4 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 49818
en el incremento de la productividad, el orden laboral y la erradicación del absentismo en
el seno de la empresa.
La empresa estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical, en cuanto
a la regulación de la figura del Delegado Sindical.
Artículo 52.
Permisos no retribuidos.
Los Delegados de Personal y miembros del Comité de Empresa podrán obtener
permisos no retribuidos de hasta treinta días al año para ejercer actividades sindicales y
asistir a cursos sindicales fuera de la empresa, avisando a ésta con antelación suficiente
y justificándolo debidamente.
Artículo 53.
Canon de representación.
Para atender económicamente la gestión de los Representantes de los Trabajadores,
el personal afectado por este convenio que lo desee podrá contribuir con la cantidad
anual de 25 euros en 2023.
Dicha contribución voluntaria podrá ser hecha efectiva por las personas trabajadoras
conformes con ella, bien directamente al Secretario del Comité Intercentros, bien
mediante la detracción de su importe de la nómina del mes de julio de cada año, previa
autorización expresa y escrita, por carta dirigida, antes del 31 de mayo inmediato
anterior, al Área de RRHH de Avis Alquile un Coche, SAU, con copia al Secretario del
Comité Intercentros.
Las autorizaciones emitidas con anterioridad a la firma del presente convenio
conservarán su validez mientras no sean revocadas expresamente y por escrito por los
interesados, mediante carta dirigida al Área de RRHH, con copia al Secretario del Comité
Intercentros, con anterioridad al día 30 de junio de cada año.
Artículo 54.
Contratación y finiquitos.
La empresa dará a conocer al Comité Intercentros los modelos de Contratos de
Trabajo escritos que se utilicen en la misma, así como de los documentos relativos a la
terminación de la relación laboral en la forma prevista en el artículo 64.4.b del Estatuto
de los Trabajadores.
La empresa en las reuniones a mantener con la Comisión Paritaria del Convenio,
dará cuenta a los Representantes de las Personas Trabajadoras en la misma, de la
evolución del empleo en el ámbito del convenio, informando del número de contratos
realizados o renovados e igualmente de los planes de contratación previsibles.
Además de la información contemplada en el párrafo anterior, la empresa notificará al
Comité Intercentros de la celebración de los contratos de duración determinada, dentro
del plazo de diez días a partir de la contratación.
Las presentes obligaciones se entienden sin perjuicio del cumplimiento de aquellas
otras que puedan venir establecidas en el futuro por norma de carácter general.
CAPÍTULO XI
Artículo 55.
Uniformes.
Siendo necesario que tanto las personas trabajadoras que llevan a cabo su actividad
frente a los clientes como los que realizan su trabajo en talleres y garajes, vistan de
forma obligada los uniformes característicos de las empresas del Grupo Avis Alquile un
Coche, SAU en todos los países, la empresa les facilitará, sin cargo alguno, los
uniformes que en cada momento se establezcan como reglamentarios y que estarán
debidamente detallados en la intranet de la empresa.
cve: BOE-A-2023-8556
Verificable en https://www.boe.es
Uniformes
Núm. 80
Martes 4 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 49818
en el incremento de la productividad, el orden laboral y la erradicación del absentismo en
el seno de la empresa.
La empresa estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical, en cuanto
a la regulación de la figura del Delegado Sindical.
Artículo 52.
Permisos no retribuidos.
Los Delegados de Personal y miembros del Comité de Empresa podrán obtener
permisos no retribuidos de hasta treinta días al año para ejercer actividades sindicales y
asistir a cursos sindicales fuera de la empresa, avisando a ésta con antelación suficiente
y justificándolo debidamente.
Artículo 53.
Canon de representación.
Para atender económicamente la gestión de los Representantes de los Trabajadores,
el personal afectado por este convenio que lo desee podrá contribuir con la cantidad
anual de 25 euros en 2023.
Dicha contribución voluntaria podrá ser hecha efectiva por las personas trabajadoras
conformes con ella, bien directamente al Secretario del Comité Intercentros, bien
mediante la detracción de su importe de la nómina del mes de julio de cada año, previa
autorización expresa y escrita, por carta dirigida, antes del 31 de mayo inmediato
anterior, al Área de RRHH de Avis Alquile un Coche, SAU, con copia al Secretario del
Comité Intercentros.
Las autorizaciones emitidas con anterioridad a la firma del presente convenio
conservarán su validez mientras no sean revocadas expresamente y por escrito por los
interesados, mediante carta dirigida al Área de RRHH, con copia al Secretario del Comité
Intercentros, con anterioridad al día 30 de junio de cada año.
Artículo 54.
Contratación y finiquitos.
La empresa dará a conocer al Comité Intercentros los modelos de Contratos de
Trabajo escritos que se utilicen en la misma, así como de los documentos relativos a la
terminación de la relación laboral en la forma prevista en el artículo 64.4.b del Estatuto
de los Trabajadores.
La empresa en las reuniones a mantener con la Comisión Paritaria del Convenio,
dará cuenta a los Representantes de las Personas Trabajadoras en la misma, de la
evolución del empleo en el ámbito del convenio, informando del número de contratos
realizados o renovados e igualmente de los planes de contratación previsibles.
Además de la información contemplada en el párrafo anterior, la empresa notificará al
Comité Intercentros de la celebración de los contratos de duración determinada, dentro
del plazo de diez días a partir de la contratación.
Las presentes obligaciones se entienden sin perjuicio del cumplimiento de aquellas
otras que puedan venir establecidas en el futuro por norma de carácter general.
CAPÍTULO XI
Artículo 55.
Uniformes.
Siendo necesario que tanto las personas trabajadoras que llevan a cabo su actividad
frente a los clientes como los que realizan su trabajo en talleres y garajes, vistan de
forma obligada los uniformes característicos de las empresas del Grupo Avis Alquile un
Coche, SAU en todos los países, la empresa les facilitará, sin cargo alguno, los
uniformes que en cada momento se establezcan como reglamentarios y que estarán
debidamente detallados en la intranet de la empresa.
cve: BOE-A-2023-8556
Verificable en https://www.boe.es
Uniformes