III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8556)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Avis Alquile un Coche, SAU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80
Martes 4 de abril de 2023
Artículo 44.
Sec. III. Pág. 49816
Retirada temporal del permiso de conducir.
La persona trabajadora con antigüedad en la empresa superior a tres meses a quien,
como consecuencia de conducir un vehículo de la empresa en acto de servicio, le sea
retirado el permiso de conducir por tiempo no superior a dieciocho meses, será
destinado a otro trabajo de los servicios de que disponga la empresa, percibiendo el
salario real correspondiente a su Puesto tipo.
Este beneficio podrá ser disfrutado dos veces como máximo y siempre que haya
transcurrido al menos un año entre ambas sanciones.
Sin embargo, las previsiones de los dos párrafos anteriores no serán de aplicación
cuando la retirada del permiso de conducir haya sido debida a la conducción declarada
manifiestamente temeraria por la Autoridad Judicial, o bajo los efectos de la ingestión de
alcohol o aplicación de drogas, salvo que, en este último caso, fuese por prescripción
médica.
Artículo 45.
Seguro de vida.
En caso de fallecimiento de una persona trabajadora por causas naturales, los
beneficiarios tendrán derecho a percibir el importe correspondiente a una anualidad del
salario bruto garantizado de la persona trabajadora asegurada.
Este beneficio es independiente de las prestaciones que con el mismo motivo
conceda la Seguridad Social.
Artículo 46. Seguro de accidentes.
En caso de fallecimiento de una persona trabajadora por accidente, los beneficiarios
tendrán derecho a percibir el importe correspondiente a dos anualidades del salario bruto
garantizado de la persona trabajadora asegurada, con un mínimo de 27.045 euros.
Si como consecuencia del accidente de trabajo se derivase la situación de Invalidez
Total de la persona trabajadora, éste tendría derecho a percibir el importe
correspondiente a dos anualidades del salario bruto anual garantizado, con un mínimo
de 30.051 euros.
Este beneficio es independiente de las prestaciones que con el mismo motivo
conceda la Seguridad Social.
Venta de coches a las personas trabajadoras.
Las personas trabajadoras podrán acceder a la compra de coches usados de la
Empresa, cuando ésta decida la venta de los mismos, al precio de venta en vigor en
cada momento que haya sido acordado con carácter previo por el Residual Value
Committee (RVC), y a condición de que el coche sea transferido exclusivamente a
nombre de la persona trabajadora, de sus padres, de sus hijos o de su cónyuge o pareja
de hecho registrada. El precio de los vehículos acordado por el Residual Value
Committee, así como su desglose, estará a disposición de la persona trabajadora para
consulta del mismo.
Cuando existan vehículos que presenten mayores dificultades a la hora de venderlos,
la Empresa podrá mejorar las condiciones de venta para la adquisición del vehículo por
una persona trabajadora. A este efecto y para facilitar el conocimiento de dichos
vehículos, la Empresa con carácter trimestral facilitará a toda la plantilla una lista cerrada
de los 20 vehículos que cumplan con estas características.
Artículo 48.
Ayuda prótesis auditivas/oftalmológicas.
La empresa dará una ayuda de 70 euros anuales para la adquisición de prótesis
auditivas/oftalmológicas, previa acreditación del gasto. Esta ayuda no será otorgada en
los años que sea de aplicación lo dispuesto en el párrafo 4.º del artículo 30.
cve: BOE-A-2023-8556
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 47.
Núm. 80
Martes 4 de abril de 2023
Artículo 44.
Sec. III. Pág. 49816
Retirada temporal del permiso de conducir.
La persona trabajadora con antigüedad en la empresa superior a tres meses a quien,
como consecuencia de conducir un vehículo de la empresa en acto de servicio, le sea
retirado el permiso de conducir por tiempo no superior a dieciocho meses, será
destinado a otro trabajo de los servicios de que disponga la empresa, percibiendo el
salario real correspondiente a su Puesto tipo.
Este beneficio podrá ser disfrutado dos veces como máximo y siempre que haya
transcurrido al menos un año entre ambas sanciones.
Sin embargo, las previsiones de los dos párrafos anteriores no serán de aplicación
cuando la retirada del permiso de conducir haya sido debida a la conducción declarada
manifiestamente temeraria por la Autoridad Judicial, o bajo los efectos de la ingestión de
alcohol o aplicación de drogas, salvo que, en este último caso, fuese por prescripción
médica.
Artículo 45.
Seguro de vida.
En caso de fallecimiento de una persona trabajadora por causas naturales, los
beneficiarios tendrán derecho a percibir el importe correspondiente a una anualidad del
salario bruto garantizado de la persona trabajadora asegurada.
Este beneficio es independiente de las prestaciones que con el mismo motivo
conceda la Seguridad Social.
Artículo 46. Seguro de accidentes.
En caso de fallecimiento de una persona trabajadora por accidente, los beneficiarios
tendrán derecho a percibir el importe correspondiente a dos anualidades del salario bruto
garantizado de la persona trabajadora asegurada, con un mínimo de 27.045 euros.
Si como consecuencia del accidente de trabajo se derivase la situación de Invalidez
Total de la persona trabajadora, éste tendría derecho a percibir el importe
correspondiente a dos anualidades del salario bruto anual garantizado, con un mínimo
de 30.051 euros.
Este beneficio es independiente de las prestaciones que con el mismo motivo
conceda la Seguridad Social.
Venta de coches a las personas trabajadoras.
Las personas trabajadoras podrán acceder a la compra de coches usados de la
Empresa, cuando ésta decida la venta de los mismos, al precio de venta en vigor en
cada momento que haya sido acordado con carácter previo por el Residual Value
Committee (RVC), y a condición de que el coche sea transferido exclusivamente a
nombre de la persona trabajadora, de sus padres, de sus hijos o de su cónyuge o pareja
de hecho registrada. El precio de los vehículos acordado por el Residual Value
Committee, así como su desglose, estará a disposición de la persona trabajadora para
consulta del mismo.
Cuando existan vehículos que presenten mayores dificultades a la hora de venderlos,
la Empresa podrá mejorar las condiciones de venta para la adquisición del vehículo por
una persona trabajadora. A este efecto y para facilitar el conocimiento de dichos
vehículos, la Empresa con carácter trimestral facilitará a toda la plantilla una lista cerrada
de los 20 vehículos que cumplan con estas características.
Artículo 48.
Ayuda prótesis auditivas/oftalmológicas.
La empresa dará una ayuda de 70 euros anuales para la adquisición de prótesis
auditivas/oftalmológicas, previa acreditación del gasto. Esta ayuda no será otorgada en
los años que sea de aplicación lo dispuesto en el párrafo 4.º del artículo 30.
cve: BOE-A-2023-8556
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 47.