III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-8569)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valencia, para la realización de prácticas académicas externas en el Centro de Acogida a Refugiados de Mislata, Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Martes 4 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 49896

Noveno.
Que el interés del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la
suscripción del presente convenio, se basa en el convencimiento de que la acogida de
los estudiantes en el CAR supondrá una experiencia enriquecedora en lo que se refiere a
su preparación como futuros profesionales, para los empleados públicos, que podrán
compartir experiencias con el mundo universitario, redundando en beneficio de ambas
instituciones, en el colectivo residente destinatario de las prácticas y en definitiva de toda
la comunidad.
Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de
institucionalizar la colaboración mutua entre las partes implicadas, éstas se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes cláusulas.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente acuerdo tiene como finalidad establecer las bases de colaboración entre
la Universidad de Valencia y el CAR para la realización de prácticas académicas
externas, trabajos de fin de grado (TFG) y de fin de máster (TFM); por parte de los
estudiantes de la Universidad de Valencia, que permitan completar sus estudios
universitarios y favorecer su formación para una futura incorporación al mundo laboral.
La cooperación entre ambas partes se concretará en el proyecto formativo, al que se
refiere la cláusula segunda del presente convenio, que se definirá entre la Universidad
de Valencia y el CAR.
Por cada práctica, se suscribirá un Acuerdo de Prácticas en el que se recojan, entre
otros, los datos referentes al alumnado y a su titulación, al lugar, la duración y al periodo
de realización de la práctica, junto con los datos identificativos de las personas tutoras,
de la Universidad de Valencia y del CAR de Mislata-Valencia, el departamento en que se
llevarán a cabo las prácticas, y el proyecto formativo de las mismas.
Proyecto formativo.

La oferta realizada por el MISSM (CAR de Mislata-Valencia) donde se realice la
práctica deberá contener un proyecto formativo en el que se fijarán los objetivos
educativos y las actividades a desarrollar.
En este proyecto formativo, se definirán los contenidos de la práctica de forma que
aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios cursados.
El Acuerdo de Prácticas se establecerá para cada estudiante, de acuerdo con los
modelos y normativa interna de la Universidad de Valencia. Se suscribirá un Acuerdo de
prácticas para cada estudiante.
La práctica podrá ser rescindida por el CAR, renunciada por el estudiante o revocada
por la Universidad de Valencia. Se deberá comunicar por escrito a la Universidad en el
que se deberán motivar las causas. En todo caso, se dará audiencia a la otra parte,
resolviendo el órgano gestor de las prácticas competente de la Universidad de Valencia.
Las prácticas académicas externas que, al amparo del presente convenio, puede
realizar el alumnado de la Universidad de Valencia son prácticas curriculares y prácticas
extracurriculares.
Tercera. Tutoría de las prácticas.
La Universidad de Valencia designará un tutor académico responsable del correcto
desarrollo académico de cada una de las prácticas externas derivadas de este convenio,
que será preferentemente un profesor de la facultad o escuela en la que se encuentre
matriculado el estudiante y, en todo caso, afín a la enseñanza a la que se vincula la

cve: BOE-A-2023-8569
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.