III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-8425)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Estabilización de las playas del frente litoral entre la desembocadura del río Guadalfeo y el puerto de Motril, en Salobreña y Motril (Granada)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 49255

Según el EsIA la zona de actuación queda incluida fundamentalmente en dos
comunidades bentónicas no vegetadas, comunidades de arenas finas bien calibradas y
sustratos duros no vegetados. Respecto a las comunidades bentónicas vegetadas, se
señalan las praderas de Zostera Marina, no obstante, en las proximidades de la
actuación no se ha observado la presencia de dicha especie, aunque es posible que
pueda existir una pequeña mancha frente a la desembocadura del río Guadalfeo, sobre
los 11 m de profundidad, correspondiente con el HIC 1110 «Bancos de arena cubiertos
permanentemente por agua marina, poco profunda».
Respecto a las especies marinas, en función del hábitat en que se encuentra la zona
de estudio (mediolitoral e infralitoral con existencia de sustrato duro y blando en ambos)
y las cotas batimétricas a las que se encuentra, potencialmente sería posible encontrar
las siguientes especies recogidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas
(CEEA): coral anaranjado (Astroides calycularis), caracola (Charonia lampas), y
Dendropoma petraeum, todas ellas catalogadas como vulnerables y la lapa ferruginea
(Patella ferruginea), catalogada en peligro de extinción, además de Cymbula nigra,
especie incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial
(LESRPE).
Se realizaron recorridos observacionales en apnea a fin de determinar la presencia
de especies protegidas incluidas en el CEEA y susceptibles de encontrarse en la zona
de actuación. Se contabilizaron un total de 16 ejemplares de Patella ferruginea, y 12
ejemplares de Cymbula nigra, ubicados en el cambio de alineación del dique de poniente
del Puerto de Motril. No se localizó ningún ejemplar de las otras especies.
Respecto a los HIC, en el EsIA se señala que según la Red de Información
Ambiental de Andalucía (REDIAM), en la zona de actuación se localizan los siguientes
HIC terrestres: 1210 «Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados» y 6420
«Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion». Con
relación a los hábitats marinos, próximos a la zona de actuación se localizan, el HIC 1110
«Bancos de arena cubiertos permanentemente por aguamarina poco profunda» y el
HIC 1170 «Arrecifes».
Los principales impactos del proyecto se deben a la nueva estructura que supondrá
la ocupación de espacios habitados por comunidades marinas, que sufrirán un impacto
directo debido al aterramiento por ocupación de fondos e indirecto por los cambios en
parámetros fisicoquímicos del medio acuoso, afectando temporalmente también a
comunidades ubicadas fuera de las zonas ocupadas directamente por las obras.
Además, se afectará a las comunidades naturales terrestres de flora y fauna, debido a la
eventual destrucción o perturbación generada en la zona de extracción de las arenas, y
al emplazamiento de instalaciones auxiliares durante la fase de construcción. Una vez
finalizadas las obras, la introducción de nuevos fondos duros (escollera) permitirá la
instalación de comunidades más productivas y más estructuradas, en consecuencia, se
incrementará la diversidad ecológica.
El promotor propone una serie de medidas preventivas tales como: el balizamiento
de la zona de ocupación estricta, señalizando los límites de las zonas de acopio, de
instalaciones auxiliares y caminos de obra, así como las incluidas para minimizar la
afección a la calidad del agua, las cuales beneficiarán indirectamente a la comunidad
marina. Además, antes de iniciar la extracción y una vez finalizada se realizará un
reconocimiento de las comunidades bentónicas mediante filmación submarina o
inmersión de buceadores especializados, controlando los siguientes parámetros:
aterramiento, impregnación, estrés biológico, mortalidad; y evaluación de la incidencia de
la turbidez en las comunidades planctónicas.
Como medidas complementarias se plantea el diseño de las obras de defensa de
carácter biogénico que permitan la recolonización de especies en el futuro espigón, así
como destinar recursos económicos a la conservación de especies y hábitats marinos
singulares, medidas que son incluidas en el condicionado de la presente resolución.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO señala que
los HIC marinos (1110 y 1170) no van a verse afectados porque están a más de 1,5 km

cve: BOE-A-2023-8425
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Núm. 79