II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE ESTADO. Funcionarios de los Subgrupos C1 y C2. (BOE-A-2023-8269)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 1 de abril de 2023

Sec. II.B. Pág. 48221

adscripción provisional, de acuerdo con lo establecido en los artículos 62.2 y 72.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Los funcionarios sin destino definitivo que habiendo solicitado el puesto que ocupan
provisionalmente no obtengan una de las plazas convocadas, podrán ser adscritos con
carácter provisional a otros puestos vacantes. En el caso de que no solicite el puesto que
ocupa en adscripción provisional, el Consejo de Estado no estará obligado a asignarle un
puesto de trabajo si el puesto fuera adjudicado en este concurso.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa está obligado a concursar de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas aspirantes que procedan de la situación administrativa de
suspensión firme de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación
acreditativa de haber finalizado el periodo de suspensión.
Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Presidencia
del Consejo de Estado (calle Mayor, número 79, 28013 Madrid), y se ajustarán al modelo
publicado como anexo II de esta resolución, debiendo presentarse en el plazo de quince
días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
También pueden enviarse a través de la dirección de correo electrónico siguiente:
registroinformatico@consejo-estado.es.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia, solo se atenderá a la presentada en último lugar y quedarán anuladas las
anteriores.
Los funcionarios que se encuentran en situaciones distintas a la de servicio activo o
que no presten servicios en la Administración General del Estado, así como en cualquier
otra situación, también podrán presentar su solicitud en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados en participar en el concurso deberán unir a su solicitud cuantos
documentos hayan de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los
siguientes anexos:
– Anexo II. Solicitud de participación.
– Anexo III. Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia
de gestión de personal (salvo en el caso de funcionarios destinados en este Consejo,
para los que no será necesaria su presentación).
– Anexo IV y IV.1 Certificado de méritos específicos adecuados al puesto, expedido
por el centro donde el candidato/a preste o haya prestado sus servicios.
– Anexo V. Consentimiento de verificación de datos de residencia (en su caso).
– Anexo VI. Consentimiento y modelo de información básica y adicional para la
obtención de datos y consulta de información.
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen. El incumplimiento de lo dispuesto respecto a la cumplimentación y
presentación de los anexos precitados, podrá ser causa de exclusión de la participación
en el concurso.
2. Los funcionarios con alguna discapacidad reconocida podrán pedir la adaptación
del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que
tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño

cve: BOE-A-2023-8269
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