III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-8301)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., la Fundación IMDEA Energía, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad CEU San Pablo, la Universidad Politécnica de Madrid, el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y la Universidad Carlos III, para la realización del proyecto posicionamiento estratégico de la Comunidad de Madrid en I+D+i del hidrógeno verde y las pilas de combustible (GREENH2CM).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78
Sábado 1 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 48404
La financiación concedida al proyecto es de 11.099.000,00 euros, con la siguiente
distribución:
Año
Euros
2022
7.120.000
2023
1.989.500
2024
1.989.500
Total
11.099.000,00
Los fondos repartidos proceden de la aportación realizada por la Comunidad de
Madrid a través de la Subvención directa para la participación en el Proyecto
GREENH2CM, financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión
Europea regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la
realización de las actuaciones subvencionadas de conformidad con el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España y con la normativa europea y
nacional aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea.
De acuerdo con la Memoria técnica y económica, recogida en el anexo 1 y 2
respectivamente, el coste de la participación de los grupos de investigación en el
proyecto GREENH2CM se estima en un total de 7.120.000 euros en 2022, 1.989.500
euros durante 2023 y 1.989.500 euros en 2024.
El Presupuesto que cada entidad beneficiaria dispone para el presente Proyecto está
descrito en la Memoria económica (anexo 2). El desglose del presupuesto está detallado
y estará sujeto a revisión en función de la resolución de concesión de la ayuda.
Este convenio regula la relación y coordinación entre los grupos de investigación
madrileños y su compromiso económico se recoge en las tablas del anexo 2.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Para la correcta ejecución del convenio, se constituirá un Comité de Seguimiento
como mecanismo que resuelva los problemas de interpretación y cumplimiento que
pueda plantearse.
Estará compuesto por dos (2) representantes técnicos de cada una de las Partes
integrantes de este Proyecto, con el fin de asegurar el buen funcionamiento del Proyecto
y, en particular, de la correcta ejecución e implementación de los distintos paquetes de
trabajo, tanto en sus aspectos científico-técnicos, financieros y de coordinación entre
ellos. Estos representantes serán nombrados por sus respectivas instituciones y
notificado a las otras partes, en los quince días naturales siguientes a la entrada en vigor
de este convenio.
Este órgano será el encargado de adoptar las principales decisiones relativas a la
gestión y ejecución del Proyecto y cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el
presente convenio.
Cada Parte tendrá derecho a un (1) voto. Los acuerdos en el Comité de Seguimiento
se adoptarán por consenso siempre que sea posible o, en su defecto por mayoría simple
entre las Partes. El Comité de Seguimiento será presidido por el representante técnico
de la entidad coordinadora y tendrá voto de calidad.
Al Comité de Seguimiento le corresponden las siguientes funciones:
1) Llevar a cabo el seguimiento del progreso técnico-económico del Proyecto.
Análisis de desviaciones sobre la planificación prevista y propuesta de acciones
correctoras;
2) adoptar, previo acuerdo de las partes, medidas sobre modificaciones en las
condiciones técnico-económicas del Proyecto, tales como: a) modificaciones en la
cve: BOE-A-2023-8301
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 78
Sábado 1 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 48404
La financiación concedida al proyecto es de 11.099.000,00 euros, con la siguiente
distribución:
Año
Euros
2022
7.120.000
2023
1.989.500
2024
1.989.500
Total
11.099.000,00
Los fondos repartidos proceden de la aportación realizada por la Comunidad de
Madrid a través de la Subvención directa para la participación en el Proyecto
GREENH2CM, financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión
Europea regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la
realización de las actuaciones subvencionadas de conformidad con el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España y con la normativa europea y
nacional aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea.
De acuerdo con la Memoria técnica y económica, recogida en el anexo 1 y 2
respectivamente, el coste de la participación de los grupos de investigación en el
proyecto GREENH2CM se estima en un total de 7.120.000 euros en 2022, 1.989.500
euros durante 2023 y 1.989.500 euros en 2024.
El Presupuesto que cada entidad beneficiaria dispone para el presente Proyecto está
descrito en la Memoria económica (anexo 2). El desglose del presupuesto está detallado
y estará sujeto a revisión en función de la resolución de concesión de la ayuda.
Este convenio regula la relación y coordinación entre los grupos de investigación
madrileños y su compromiso económico se recoge en las tablas del anexo 2.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Para la correcta ejecución del convenio, se constituirá un Comité de Seguimiento
como mecanismo que resuelva los problemas de interpretación y cumplimiento que
pueda plantearse.
Estará compuesto por dos (2) representantes técnicos de cada una de las Partes
integrantes de este Proyecto, con el fin de asegurar el buen funcionamiento del Proyecto
y, en particular, de la correcta ejecución e implementación de los distintos paquetes de
trabajo, tanto en sus aspectos científico-técnicos, financieros y de coordinación entre
ellos. Estos representantes serán nombrados por sus respectivas instituciones y
notificado a las otras partes, en los quince días naturales siguientes a la entrada en vigor
de este convenio.
Este órgano será el encargado de adoptar las principales decisiones relativas a la
gestión y ejecución del Proyecto y cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el
presente convenio.
Cada Parte tendrá derecho a un (1) voto. Los acuerdos en el Comité de Seguimiento
se adoptarán por consenso siempre que sea posible o, en su defecto por mayoría simple
entre las Partes. El Comité de Seguimiento será presidido por el representante técnico
de la entidad coordinadora y tendrá voto de calidad.
Al Comité de Seguimiento le corresponden las siguientes funciones:
1) Llevar a cabo el seguimiento del progreso técnico-económico del Proyecto.
Análisis de desviaciones sobre la planificación prevista y propuesta de acciones
correctoras;
2) adoptar, previo acuerdo de las partes, medidas sobre modificaciones en las
condiciones técnico-económicas del Proyecto, tales como: a) modificaciones en la
cve: BOE-A-2023-8301
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.