II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. (BOE-A-2023-8255)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Sábado 1 de abril de 2023
4.

Sec. II.B. Pág. 48151

Programa

Los programas que han de regir en los procesos selectivos para cada uno de los
turnos son los que figuran en el Anexo II a esta convocatoria.
5.

Titulación

Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el
título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Graduado en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, según lo previsto en el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
Los candidatos deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de
carrera los requisitos exigidos.
6.

Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes que concurran a la presente convocatoria de acceso por promoción
interna, además del requisito de titulación y de los requisitos recogidos en las bases
comunes, deberán cumplir también, a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, los siguientes:

Personal funcionario de carrera: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de
los Cuerpos Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, salvo
que se encuentren en situación de servicio en otra Administración Pública por haber
obtenido puesto en la misma por procedimientos de provisión previstos en el Texto
Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, o a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos adscritos al Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto
de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General
del Estado.
Personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo): pertenecer como
personal laboral fijo al grupo 1G – Archivos, Bibliotecas y Museos, del Anexo II del IV
Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del
Estado.
También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral
indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de
otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado y que desarrolle funciones de dirección y coordinación de procesos
de catalogación, investigación, conservación, gestión y difusión de bienes culturales y
museos o instituciones análogas.
Antigüedad:
Personal funcionario de carrera: Haber prestado servicios efectivos, durante al
menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de la

cve: BOE-A-2023-8255
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Pertenencia a Cuerpo o categoría profesional: