III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-8286)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio entre el Centro Portuario de Empleo en el Puerto de Barcelona, SA, y Centro Intermodal de Logística, SA, S.M.E., para la prestación de un servicio de ambulancia en el Puerto de Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Sábado 1 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 48306

mutua de trabajo que preste la cobertura al trabajador asistido de acuerdo con las tarifas
establecidas.
2. Coste de la prestación del servicio de ambulancia
Se estima que el coste anual del servicio de ambulancia asciende a 441.360 euros.
La estimación del coste total de este servicio, para los cuatro años de vigencia del
presente convenio, asciende a un máximo de 1.765.440 euros.
3. Compromisos de ESTIBARNA
1) La sociedad ESTIBARNA se compromete a tener contratado un servicio de 24
horas de ambulancia tipo C, con un/a DUE y conductor/a cualificado/a y sufragarlo en
un 51% de su coste.
2) A facilitar los espacios de estancia de las dotaciones necesarios para mantener
un servicio de guardia, así como el de estacionamiento de la ambulancia contratada.
3) A cubrir mediante este servicio los requerimientos de servicio de ambulancia que
vengan requeridos a través del Centro de Control de la Policía Portuaria, que sean objeto
de este convenio.
4) Por parte de ESTIBARNA el coste derivado de la suscripción de este convenio
se estima en unos 225.093,6 euros al año, lo que representa un máximo de 900.374,4
euros de gasto durante el periodo de vigencia del convenio.
4.

Compromisos de la Autoridad Portuaria de Barcelona

1) La Autoridad Portuaria de Barcelona mediante su Centro de Control de la Policía
Portuaria se compromete a requerir este servicio cuando se den los supuestos objeto de
este convenio.
2) A sufragar en un 30% los gastos de contratación del servicio mediante el pago a
ESTIBARNA una vez que dicha empresa presente el coste real del servicio (descontados
los importes repercutidos a la mutua del trabajador, entre otros) a la Comisión de
Seguimiento, la cual revisará, a año vencido, que los pagos son coincidentes con lo que
se haya presupuestado.
3) Para la Autoridad Portuaria de Barcelona el presente convenio conlleva unos
costes de aproximadamente 132.408 € al año. El importe máximo que abonará la
Autoridad Portuaria de Barcelona para el período de vigencia del convenio es de 529.632
euros.

1) CILSA se compromete a requerir este servicio a través del Centro de Control de
la Policía Portuaria.
2) A sufragar en un 19% los gastos de contratación del servicio mediante el pago a
ESTIBARNA una vez que dicha empresa presente el coste real del servicio (descontados
los importes repercutidos a la mutua del trabajador, entre otros) a la Comisión de
Seguimiento, la cual revisará a año vencido que los pagos son coincidentes con lo que
se haya presupuestado.
4) Por parte de CILSA, el coste derivado de la suscripción de este convenio se
estima en unos 83.858,4 euros al año, El importe máximo que abonará CILSA para el
período de vigencia del convenio es de 335.433,6 euros
6. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control
Se crea una Comisión de Seguimiento de las actividades previstas en este convenio.

cve: BOE-A-2023-8286
Verificable en https://www.boe.es

5. Compromisos de CILSA