III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2023-8176)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Autoridad Portuaria de Alicante, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en el puerto de Alicante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 47134

b) Tarifa máxima por los servicios de recepción de desechos generados por buques
correspondientes al anexo IV del Convenio MARPOL:
Tarifa máxima desechos MARPOL IV

60,00 euros/m3

c) Tarifa máxima por los servicios de recepción de desechos generados por buques
correspondientes al anexo V del Convenio MARPOL:
Tarifa máxima desechos MARPOL V

36,00 euros/m3

En el caso de recogida de desechos de subproductos animales no destinados al
consumo humano (SANDACH), sin aplicación de la cuantía mínima de entrega indicada
en el apartado a.2: 100 euros/m3.
En el caso de recogida de desechos regulados por el Anexo V del Convenio
MARPOL considerados como residuos peligrosos, según lo dispuesto en la normativa
vigente en materia de residuos tóxicos y peligrosos que resulte de aplicación a nivel
estatal y autonómico a razón de la siguiente tarifa máxima: 1,10 euros/kg.
El abono de dicha tarifa queda condicionado a la justificación y envío a la Autoridad
Portuaria para su revisión del justificante de entrega a un gestor final con la autorización
pertinente de la comunidad autónoma. Dicho justificante de entrega consistirá en el
Documento de identificación con la aceptación de los residuos por el destinatario,
regulado por el artículo 6 del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula
el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
d) Tarifa máxima por los servicios de recepción de desechos generados por buques
correspondientes al anexo VI del Convenio MARPOL:
Tarifa máxima desechos y residuos MARPOL VI

Desechos líquidos 100,00 euros/m3
Desechos sólidos 13 euros/Kg

e) Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo I del Convenio MARPOL:
La estructura tarifaria y tarifas máximas por este servicio serán idénticas a las
correspondientes a las indicadas para desechos correspondientes al anexo I en este
mismo pliego de prescripciones particulares.
f) Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo II del Convenio MARPOL:
La estructura tarifaria y tarifas máximas por este servicio serán idénticas a las
correspondientes a las indicadas para desechos correspondientes al anexo I en este
mismo pliego de prescripciones particulares.
g) Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo V del Convenio MARPOL:
La estructura tarifaria y tarifas máximas por este servicio serán idénticas a las
correspondientes a las indicadas para desechos correspondientes al anexo V en este
mismo pliego de prescripciones particulares.
Cuando exista limitación del número de prestadores y se convoque concurso para la
adjudicación de las licencias, las tarifas a aplicar serán las ofertadas por el adjudicatario

cve: BOE-A-2023-8176
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Núm. 77