III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-8195)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Xinzo de Limia, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de eliminación de vertidos y mejora de la movilidad en las márgenes del río Limia en el tramo urbano de Xinzo de Limia (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Viernes 31 de marzo de 2023

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organismos de cuenca pueden suscribir convenios para el cumplimiento de las funciones
que tienen atribuidas por la legislación vigente.
Séptimo.
Que el convenio contiene una previsión con relevancia para la legislación patrimonial
consistente en la entrega por parte de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A., a
favor del Ayuntamiento de Xinzo de Limia, de las actuaciones que el organismo de
cuenca se compromete a construir en terrenos que la entidad local pondrá a su
disposición.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A. realizará la operación patrimonial de
transmisión del pleno dominio de la obra, mediante una cesión gratuita de las previstas
en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (LPAP), previo informe favorable de la Dirección General del
Patrimonio del Estado.
Dado que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A., es un organismo público
cuyos bienes no están exceptuados de incorporación (Incorporación al patrimonio de la
Administración General del Estado de bienes de los organismos públicos) conforme a lo
previsto en el artículo 80.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas (LPAP), se requiere, de acuerdo con el artículo 188.3 LPAP, la
comunicación previa de la celebración de este Convenio al Director General del
Patrimonio del Estado.
Octavo.
Que a la vista de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el
Ayuntamiento de Xinzo de Limia estiman necesario establecer una fórmula coordinada
para la cofinanciación de la actuación al amparo del artículo 116.5 de la Ley 9/2017, de
Contratos del Sector Público.
En base a lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente convenio
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de las actuaciones.

Segunda.

Duración, modificación y resolución del convenio.

1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal;
adicionalmente será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá una duración
de cuatro años.
No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se
ha procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo
de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, los

cve: BOE-A-2023-8195
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio tiene por objeto determinar las condiciones para la colaboración
entre las partes otorgantes para la financiación y ejecución de las actuaciones
necesarias para recoger los vertidos sin depurar al río Limia y canalizarlos a un pozo
existente de la red municipal, en el parque de O Toural, que los llevará a la EDAR de
Xinzo de Limia.
Por otro lado, se redactará un proyecto constructivo para mejorar las condiciones de
movilidad (peatonal y carril bici) en ambas márgenes del río entre la carretera de Baltar y
el puente de la calle Sitibal, que podrá ser objeto de una segunda fase de actuaciones
Asimismo, también se establece el régimen de la posterior entrega de las obras
ejecutadas para su mantenimiento y conservación.