III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-8195)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Xinzo de Limia, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de eliminación de vertidos y mejora de la movilidad en las márgenes del río Limia en el tramo urbano de Xinzo de Limia (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Viernes 31 de marzo de 2023

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otorgantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro
años adicionales.
2. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto, así como por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
a) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes, y en particular, el incumplimiento de lo establecido en la cláusula
décima en relación a la puesta a disposición por parte del Ayuntamiento de Xinzo de
Limia de los terrenos o bienes necesarios para la ejecución de las obras.
La extinción del convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a la
otra parte del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones ya
ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido al
referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
e) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este convenio, acordadas de forma unánime por
los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente
instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la
aprobación del inicial, salvo que la modificación consista en un mero reajuste del importe
de las anualidades, de acuerdo con lo previsto en el punto primero de la cláusula quinta.
Tercera. Descripción de la obra.
Las obras de saneamiento consistirán en la recogida de los vertidos de la zona
donde se encuentra el antiguo matadero Rubio, vertidos de construcciones en las
márgenes de la carretera de Baltar y Avenida de Portugal, así como otros vertidos de
construcciones en la margen izquierda del río Limia incluidos la zona de las piscinas
municipales, pabellón y resto de instalaciones deportivas municipales. Estos vertidos se
canalizarán hasta un pozo existente en el parque de O Toural desde donde se
transportarán hasta la EDAR de Xinzo de Limia para su tratamiento.
El proyecto de mejora de la movilidad recogerá la construcción de un carril bici con
zona de peatones por las dos márgenes del río Limia entre el puente de la carretera de
Baltar y el puente de la calle Sitibal en el parque de O Toural.
Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.

1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado, 1.420.000 euros
Impuesto del Valor Añadido Incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del
Organismo de cuenca para los años 2023 y 2024, con cargo a la aplicación
presupuestaria 23.108.456-A 601, superproyecto 2012 23 231 9002 y código de
proyecto 2012 23 231 0005.

cve: BOE-A-2023-8195
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.