III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8183)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo de Repsol, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Viernes 31 de marzo de 2023

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plasmado en un anexo al acuerdo individual de teletrabajo, sobre la base de los
siguientes requisitos:
– Debe tratarse de una residencia individual del empleado o familiar y ser de
carácter estable.
– Debe tener garantizada una conectividad segura y ser adecuada para la correcta
prestación de los servicios y no mediante un uso de datos de dispositivos móviles.
– Debe cumplir con los requerimientos aplicables en materia de prevención de
riesgos laborales y tratarse de un entorno apropiado.
– Debe permitir al empleado asistir presencialmente a la oficina en el plazo máximo
de veinticuatro horas, o en plazo inferior si las necesidades del puesto así lo requieren, y
que esté ubicado dentro del territorio nacional.
No implicará un incremento adicional de la compensación de gastos asumida por la
compañía por el teletrabajo.
El teletrabajo desde segunda residencia será reversible en cualquier momento por
cualquiera de las partes, con un preaviso mínimo de siete días naturales, salvo
circunstancias justificadas que hagan necesaria la reversión inmediata.
Cualquier modificación de la segunda residencia en la que se ha autorizado realizar
el teletrabajo debe ser comunicada previamente al superior jerárquico al objeto de validar
la autorización para trabajar desde la misma y volver a firmar un nuevo anexo al acuerdo
individual de teletrabajo.
Obligaciones y derechos de la persona que teletrabaja.

La persona que se acoja a la situación de teletrabajo deberá firmar el Acuerdo
Individual de Teletrabajo (AIT) para la regularización a efectos laborales de su nueva
situación antes de que ésta dé comienzo, en la que por otro lado mantiene sus derechos
y obligaciones laborales, (mismo puesto de trabajo, funciones, dependencia jerárquica,
condiciones salariales y de jornada, mismos derechos a acceder a la formación y a las
oportunidades de desarrollo profesional (de promoción y ascensos) en la empresa,
mismos derechos colectivos de participación y elegibilidad en las elecciones para las
instancias representativas de los trabajadores, misma carga de trabajo, y exigencia en el
nivel de productividad, mismos derechos de prevención de la Salud y Seguridad Social,
mismas coberturas de las contingencias de enfermedad profesional y de accidente, etc.).
A fin de hacer efectivos estos derechos frente a los organismos de la Seguridad Social y
Mutuas, siempre que le sea requerida por la persona empleada o por sus representantes
legales, la empresa emitirá certificación acreditativa del horario desempeñado en la
situación de teletrabajo.
Por otro lado, la persona que teletrabaja mantiene la obligación de comunicar por el
sistema habitual las incidencias de vacaciones, incapacidad temporal, o cualquier otra de
la que deba tener conocimiento la Dirección de la Empresa según el sistema de
incidencias. Asimismo, deberá registrar la jornada diaria de teletrabajo a través de la
herramienta disponible al efecto. A futuro, la persona que teletrabaja se someterá a los
sistemas de control de la prestación laboral que la empresa pueda poner en marcha, que
le serán comunicados con antelación y claridad y que respetarán en todo caso su
intimidad.
Además, la persona que teletrabaja deberá tener flexibilidad de cambio de los
días/tardes aquí señaladas por otro/as en la misma semana, si ello fuera necesario por
necesidad de servicio, o por asistencia a cursos de formación u otros. Lo señalado
anteriormente se entiende sin perjuicio de la obligación de la persona que teletrabaja de
acudir a los locales del empleador o a aquellos otros centros de trabajo que el mismo
mantenga abiertos y en los que su presencia sea requerida con la periodicidad que al
efecto le sea exigida por el empleador, si ésta es necesaria para la adecuada prestación
de sus servicios y coordinación y asignación de sus funciones y tareas, o para la

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