III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8180)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Cetelem.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77
Viernes 31 de marzo de 2023
Artículo 46.
Sec. III. Pág. 47258
Ayuda estudios hijos.
1. La Empresa concederá a los empleados, con al menos un año de servicio en la
misma, que tengan hijos, independientemente de si son naturales, en adopción o en
situación continua de acogida, en las edades a continuación referidas y que puedan
acreditar su ingreso en guarderías, o instituciones de enseñanza de cualquier nivel,
becas o ayudas para sufragar los gastos de estudio, por los siguientes importes anuales
y por cada hijo:
Periodo 2022-2023
De 0 a 17 años.
300 euros
2. Las solicitudes de beca o ayuda se enviarán a Recursos Humanos antes del 15
de agosto, abonándose las cantidades correspondientes en el mes de agosto en relación
con la situación de los hijos a 30 de junio del año en curso.
3. Podrán solicitar estas ayudas el padre y la madre en el caso de que ambos
trabajen en la Empresa.
Por otro lado, la Empresa dotará para los años 2022 y 2023 de vigencia de este
convenio un Fondo destinado a la concesión de becas de educación especial para los
empleados que tengan hijos discapacitados, con el límite máximo de 800 euros por
empleado y año, aportando la documentación necesaria.
Artículo 47. Gratificación 25 Aniversario.
Toda persona que alcance una antigüedad de 25 años de servicio en la empresa
percibirá una gratificación por importe de 2500 euros brutos el mes en que cumpla los 25
años.
Artículo 48.
Plan de Pensiones.
A partir del año 2013 se puso en marcha un Plan de Pensiones para todos los
empleados que se regirá por las siguientes líneas generales:
Condiciones de participación:
– La participación en el Plan es un derecho para todos los empleados de CETELEM
y comprendidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
– La adhesión al Plan tiene carácter voluntario.
– La incorporación al Plan, la formulará el empleado cumplimentando un boletín de
adhesión por el que:
a)
b)
Aceptará íntegramente el Reglamento.
Designará a los beneficiarios para el caso de fallecimiento.
– Las contingencias que se cubren en este Plan son las de jubilación, fallecimiento,
incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
– Las contingencias serán cubiertas a través de una póliza de seguros colectiva de
vida suscrita con una Entidad Aseguradora.
cve: BOE-A-2023-8180
Verificable en https://www.boe.es
Contingencias:
Núm. 77
Viernes 31 de marzo de 2023
Artículo 46.
Sec. III. Pág. 47258
Ayuda estudios hijos.
1. La Empresa concederá a los empleados, con al menos un año de servicio en la
misma, que tengan hijos, independientemente de si son naturales, en adopción o en
situación continua de acogida, en las edades a continuación referidas y que puedan
acreditar su ingreso en guarderías, o instituciones de enseñanza de cualquier nivel,
becas o ayudas para sufragar los gastos de estudio, por los siguientes importes anuales
y por cada hijo:
Periodo 2022-2023
De 0 a 17 años.
300 euros
2. Las solicitudes de beca o ayuda se enviarán a Recursos Humanos antes del 15
de agosto, abonándose las cantidades correspondientes en el mes de agosto en relación
con la situación de los hijos a 30 de junio del año en curso.
3. Podrán solicitar estas ayudas el padre y la madre en el caso de que ambos
trabajen en la Empresa.
Por otro lado, la Empresa dotará para los años 2022 y 2023 de vigencia de este
convenio un Fondo destinado a la concesión de becas de educación especial para los
empleados que tengan hijos discapacitados, con el límite máximo de 800 euros por
empleado y año, aportando la documentación necesaria.
Artículo 47. Gratificación 25 Aniversario.
Toda persona que alcance una antigüedad de 25 años de servicio en la empresa
percibirá una gratificación por importe de 2500 euros brutos el mes en que cumpla los 25
años.
Artículo 48.
Plan de Pensiones.
A partir del año 2013 se puso en marcha un Plan de Pensiones para todos los
empleados que se regirá por las siguientes líneas generales:
Condiciones de participación:
– La participación en el Plan es un derecho para todos los empleados de CETELEM
y comprendidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
– La adhesión al Plan tiene carácter voluntario.
– La incorporación al Plan, la formulará el empleado cumplimentando un boletín de
adhesión por el que:
a)
b)
Aceptará íntegramente el Reglamento.
Designará a los beneficiarios para el caso de fallecimiento.
– Las contingencias que se cubren en este Plan son las de jubilación, fallecimiento,
incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
– Las contingencias serán cubiertas a través de una póliza de seguros colectiva de
vida suscrita con una Entidad Aseguradora.
cve: BOE-A-2023-8180
Verificable en https://www.boe.es
Contingencias: