III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8180)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Cetelem.
30 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77
Viernes 31 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 47255
En ambos supuestos, necesitará la conformidad del responsable directo, en cuanto a
la fecha de disfrute de estos permisos, en orden a garantizar el desarrollo correcto del
puesto de trabajo del solicitante.
CAPÍTULO VII
Beneficios sociales
Artículo 40. Seguro de vida.
El importe del seguro de vida que la empresa tiene con cada uno de los empleados
queda fijado en:
A) 40.000 euros en caso de fallecimiento
B) 40.000 euros en caso de incapacidad profesional total y permanente.
C) 40.000 euros en caso de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
Las garantías de incapacidad profesional total y permanente cesarán, en todo caso,
al finalizar la anualidad del seguro y dentro de la cual se produzca la baja por jubilación
del asegurado.
Artículo 41. Asistencia sanitaria.
Las empresas que componen Cetelem, suscribirán una póliza colectiva de asistencia
sanitaria a la cual se podrán adherir voluntariamente los empleados de las mismas que
tengan un año de antigüedad en la empresa. Dicha póliza incluye la cobertura
odontológica.
Artículo 42.
Becas.
La Empresa dotará para los años 2022 y 2023 un Fondo no acumulable, destinado a
la concesión de Becas de estudio para sus empleados de 40.000 euros por año de
acuerdo con las siguientes condiciones:
1.
Beneficiarios.
Aquellos empleados que en el momento de efectuar la solicitud lleven un año de
servicio en la empresa.
2.
Estudios objeto de beca.
Sólo se concederán becas para estudios directamente relacionados con la actividad
del interesado en la Empresa o aplicables a su futuro desarrollo profesional. En este
sentido la Empresa procurará facilitar una relación anual de centros y estudios
recomendados.
Cuantía de la beca.
Los importes de la beca oscilarán dependiendo del tipo de estudios que se trate y a
criterio de la Dirección de la Empresa, entre el 50 y el 100 % de los gastos de matrícula y
honorarios de los centros de enseñanza. En el supuesto de que dichos estudios sean
impartidos en centros públicos y privados, las subvenciones citadas se equipararán a las
tasas del centro público correspondiente. De cualquier manera, el límite máximo de la
beca queda establecido en 700 euros por empleado y curso.
cve: BOE-A-2023-8180
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 77
Viernes 31 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 47255
En ambos supuestos, necesitará la conformidad del responsable directo, en cuanto a
la fecha de disfrute de estos permisos, en orden a garantizar el desarrollo correcto del
puesto de trabajo del solicitante.
CAPÍTULO VII
Beneficios sociales
Artículo 40. Seguro de vida.
El importe del seguro de vida que la empresa tiene con cada uno de los empleados
queda fijado en:
A) 40.000 euros en caso de fallecimiento
B) 40.000 euros en caso de incapacidad profesional total y permanente.
C) 40.000 euros en caso de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
Las garantías de incapacidad profesional total y permanente cesarán, en todo caso,
al finalizar la anualidad del seguro y dentro de la cual se produzca la baja por jubilación
del asegurado.
Artículo 41. Asistencia sanitaria.
Las empresas que componen Cetelem, suscribirán una póliza colectiva de asistencia
sanitaria a la cual se podrán adherir voluntariamente los empleados de las mismas que
tengan un año de antigüedad en la empresa. Dicha póliza incluye la cobertura
odontológica.
Artículo 42.
Becas.
La Empresa dotará para los años 2022 y 2023 un Fondo no acumulable, destinado a
la concesión de Becas de estudio para sus empleados de 40.000 euros por año de
acuerdo con las siguientes condiciones:
1.
Beneficiarios.
Aquellos empleados que en el momento de efectuar la solicitud lleven un año de
servicio en la empresa.
2.
Estudios objeto de beca.
Sólo se concederán becas para estudios directamente relacionados con la actividad
del interesado en la Empresa o aplicables a su futuro desarrollo profesional. En este
sentido la Empresa procurará facilitar una relación anual de centros y estudios
recomendados.
Cuantía de la beca.
Los importes de la beca oscilarán dependiendo del tipo de estudios que se trate y a
criterio de la Dirección de la Empresa, entre el 50 y el 100 % de los gastos de matrícula y
honorarios de los centros de enseñanza. En el supuesto de que dichos estudios sean
impartidos en centros públicos y privados, las subvenciones citadas se equipararán a las
tasas del centro público correspondiente. De cualquier manera, el límite máximo de la
beca queda establecido en 700 euros por empleado y curso.
cve: BOE-A-2023-8180
Verificable en https://www.boe.es
3.