III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8179)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio Colectivo de Bureau Veritas Iberia, SLU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77
Viernes 31 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 47217
grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o
discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
La excedencia contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual
de las personas trabajadoras, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más personas
trabajadoras de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto
causante, Bureau Veritas Iberia podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones
justificadas de funcionamiento de la Empresa.
Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo período de excedencia,
el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando.
El período en que la persona trabajadora permanezca en situación de excedencia
conforme a lo establecido en este artículo 34.3 será computable a efectos de antigüedad
y tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, convocados por la
Empresa, especialmente de cara a su reincorporación. Durante el primer año tendrá
derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, el derecho
preferente quedará referido a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional.
No obstante, cuando la persona trabajadora forme parte de una familia que tenga
reconocida la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se
extenderá hasta un máximo de quince meses cuando se trate de una familia numerosa
de categoría general, y hasta un máximo de dieciocho meses si se trata de categoría
especial. Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que
el otro progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de
dieciocho meses.
34.4 Excedencia por ejercicio de funciones sindicales. Asimismo, podrán solicitar su
paso a la situación de excedencia en la Empresa cuando las personas trabajadoras
ejerzan funciones sindicales de ámbito provincial o superior de las organizaciones
sindicales más representativas mientras dure el ejercicio de su cargo representativo.
El reingreso deberá ser solicitado dentro del mes siguiente al cese en la función
sindical.
Artículo 35.
Permisos no retribuidos.
Siempre que productiva y organizativamente sea viable, tras el análisis de la
Empresa, se podrán solicitar permisos sin sueldo por un periodo mínimo de un mes y
máximo de tres meses siempre que haya trascurrido un plazo de más de dieciocho
meses desde la finalización del permiso anterior.
Será un requisito para su disfrute el tener consolidada una antigüedad de doce
meses a la fecha de solicitud.
La Empresa podrá denegar la concesión de estos permisos cuando en las mismas
fechas se encuentren disfrutándolos el siguiente número de personas trabajadoras:
i. Centros de una a veinte personas trabajadoras: Una persona trabajadora.
ii. Centros de veintiuna a cincuenta personas trabajadoras: Dos personas
trabajadoras.
iii. Centros de más de cincuenta personas trabajadoras: Tres personas
trabajadoras.
Política retributiva
Artículo 36. Estructura salarial.
La estructura salarial del personal afectado por el presente convenio colectivo está
integrada por los siguientes conceptos retributivos:
i. Salario base: Es el salario mínimo garantizado establecido en las tablas salariales
pactadas en este convenio colectivo para cada grupo profesional.
cve: BOE-A-2023-8179
Verificable en https://www.boe.es
CAPÍTULO VI
Núm. 77
Viernes 31 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 47217
grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o
discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
La excedencia contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual
de las personas trabajadoras, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más personas
trabajadoras de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto
causante, Bureau Veritas Iberia podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones
justificadas de funcionamiento de la Empresa.
Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo período de excedencia,
el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando.
El período en que la persona trabajadora permanezca en situación de excedencia
conforme a lo establecido en este artículo 34.3 será computable a efectos de antigüedad
y tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, convocados por la
Empresa, especialmente de cara a su reincorporación. Durante el primer año tendrá
derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, el derecho
preferente quedará referido a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional.
No obstante, cuando la persona trabajadora forme parte de una familia que tenga
reconocida la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se
extenderá hasta un máximo de quince meses cuando se trate de una familia numerosa
de categoría general, y hasta un máximo de dieciocho meses si se trata de categoría
especial. Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que
el otro progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de
dieciocho meses.
34.4 Excedencia por ejercicio de funciones sindicales. Asimismo, podrán solicitar su
paso a la situación de excedencia en la Empresa cuando las personas trabajadoras
ejerzan funciones sindicales de ámbito provincial o superior de las organizaciones
sindicales más representativas mientras dure el ejercicio de su cargo representativo.
El reingreso deberá ser solicitado dentro del mes siguiente al cese en la función
sindical.
Artículo 35.
Permisos no retribuidos.
Siempre que productiva y organizativamente sea viable, tras el análisis de la
Empresa, se podrán solicitar permisos sin sueldo por un periodo mínimo de un mes y
máximo de tres meses siempre que haya trascurrido un plazo de más de dieciocho
meses desde la finalización del permiso anterior.
Será un requisito para su disfrute el tener consolidada una antigüedad de doce
meses a la fecha de solicitud.
La Empresa podrá denegar la concesión de estos permisos cuando en las mismas
fechas se encuentren disfrutándolos el siguiente número de personas trabajadoras:
i. Centros de una a veinte personas trabajadoras: Una persona trabajadora.
ii. Centros de veintiuna a cincuenta personas trabajadoras: Dos personas
trabajadoras.
iii. Centros de más de cincuenta personas trabajadoras: Tres personas
trabajadoras.
Política retributiva
Artículo 36. Estructura salarial.
La estructura salarial del personal afectado por el presente convenio colectivo está
integrada por los siguientes conceptos retributivos:
i. Salario base: Es el salario mínimo garantizado establecido en las tablas salariales
pactadas en este convenio colectivo para cada grupo profesional.
cve: BOE-A-2023-8179
Verificable en https://www.boe.es
CAPÍTULO VI