III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-8160)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa emitida por el registrador de la propiedad de Villajoyosa n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura de cesión de préstamo hipotecario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de marzo de 2023

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obstáculos para su inscripción. Y entiendo que esta prueba debe ser tenida en cuenta
igualmente a efectos de revocar la nota de calificación del Registrador, sin perjuicio,
además de los argumentos expuesto acerca de la aplicación de la Ley 2/2009, en el
sentido de que no existe en esta escritura una concesión o intermediación en la
concesión de préstamo hipotecario”.
C) Solicitud. Y solicita a V.E. admita este recurso, y disponga, si procede, la
revocación de la calificación y, la inscripción de la escritura calificada en el Registro.»
IV
El registrador de la Propiedad emitió, con fecha 11 de enero de 2023, informe
confirmando la citada nota de calificación recurrida y elevó el expediente a este Centro
Directivo.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 1, 2, 18, 19, 19 bis y 21 de la Ley Hipotecaria; 2, 3, 9, 14, 16, 17
y 18 de la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los
consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para
la celebración de contratos de préstamo o crédito; la disposición transitoria única del
Real Decreto 106/2011, de 28 de enero, por el que se crea y regula el Registro estatal de
empresas previsto en la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación
con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de
intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito, y se fija el importe
mínimo del seguro de responsabilidad o aval bancario para el ejercicio de estas
actividades; el artículo 2 y la disposición transitoria primera de la Ley 5/2019, de 15 de
marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario; la Directiva 2014/17/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de
crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial y por
la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE)
número 1093/2010; la Directiva (UE) 2021/2167 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 24 de noviembre de 2021 sobre los administradores de créditos y los compradores de
créditos y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2014/17/UE; las
Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de junio de 2009 (As.
C-243/08), 14 de marzo de 2013 (As. C-415/11) y 21 de enero de 2015 (C-482/123,
C-484/13, C/484/13 y C-487/13); las Sentencias del Tribunal Supremo de 9 de marzo
de 2001, 4 de julio y 12 de diciembre de 2008, 16 de diciembre de 2009 y 9 de mayo
y 13 de septiembre de 2013; las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y
del Notariado de 18 de enero y 8 de junio de 2011, 23 de enero, 16 y 27 de febrero, 20
y 28 de junio y 18, 26 y 27 de julio de 2012, 2 de enero, 2 de marzo, 1 de junio, 1 y 11 de
julio y 6 y 13 de septiembre de 2013 y 5 de febrero de 2014, respecto a información a los
consumidores en la contratación de créditos hipotecarios; las Resoluciones de la
Dirección General de los Registros y del Notariado de 13 de septiembre y 18 de
noviembre de 2013 y 5 de febrero y 3, 6 y 9 de octubre de 2014, en cuanto al control de
cláusulas abusivas; las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del
Notariado de 4 de febrero, 13 y 28 de julio, 7 de septiembre y 5 de octubre de 2015, 10
de marzo, 31 de mayo, 20 de junio, 7, 11 y 22 julio y 10 de octubre de 2016, 26 de julio
de 2017, 13 de diciembre de 2018 y 13 y 27 de junio de 2019, sobre habitualidad en la
concesión de préstamos, y las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y
del Notariado de 4 de febrero y 13 de julio de 2015, 7 y 22 de julio y 10 de octubre
de 2016, y de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 10 de
septiembre de 2021, sobre aplicación de la Ley 2/2009, de 31 de marzo, a la cesión de
préstamos y créditos hipotecarios.

cve: BOE-A-2023-8160
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Núm. 77