T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-8218)
Pleno. Sentencia 11/2023, de 23 de febrero de 2023. Recurso de amparo 899-2021. Promovido por don L.M.G.C., doña C.P., y doña V.G.P., respecto de la atención dispensada en ingreso por parto en el Hospital Universitario Central de Asturias de Oviedo. Supuesta vulneración de los derechos a la igualdad y no discriminación, integridad física y moral, a no padecer penas o tratos inhumanos o degradantes, libertad ideológica, y a la intimidad personal y familiar: actuación hospitalaria que no privó a la paciente de su derecho a la autodeterminación personal y al consentimiento informado (STC 66/2022). Votos particulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. TC. Pág. 47845

f) Según consta en el historial clínico de doña C.P., el ingreso en el HUCA se
realizó a las 17:30 horas del día 24 de abril. También figura que, a las 18:30 horas, el
letrado de la administración de justicia del juzgado se personó en las dependencias
hospitalarias para notificar a la paciente el auto del Juzgado de Instrucción núm. 1 de
Oviedo antedicho. A las 20:56 horas, la demandante de amparo fue ingresada en planta,
sin custodia y permitiéndosele pasear fuera de su habitación.
g) El día 25 de abril de 2019, el gerente del área sanitaria IV del servicio de Salud
del Principado de Asturias, a requerimiento del juzgado, le remitió informe en el que
destacó que, una vez producido el ingreso de la gestante en el HUCA, «la situación
clínica de ambos [gestante y nasciturus] precisa vigilancia continuada, según informa el
jefe de obstetricia del Hospital Universitario Central de Asturias, en informe emitido a
las 15:50 horas de hoy jueves 25 de abril, que se adjunta». Agrega que, a la vista de
dicho informe, «no descarta la necesidad de intervenciones médicas y quirúrgicas», por
lo que «sugiere mantener la medida adoptada». En el informe médico de actualización
de la misma fecha, que se acompañaba al anterior documento, se destaca que la mujer
se hallaba en la semana 42+4 de gestación y que presentaba «contracciones
espontáneas, esto es, no ha sido inducido el parto». Asimismo, en conversación
sostenida con ella y su pareja, se les explicó «la necesidad de realizar pruebas para
evaluar el estado fetal, que entienden y aceptan». Igualmente, se describen las pruebas
médicas realizadas (exploración abdominal, ecografía y cardiotocograma fetal) y se les
informó de la «posible necesidad de realización de más pruebas para confirmar el
bienestar del feto. (una pH de calota fetal que precisaría amniorexis)». Se señala que «la
paciente permite la exploración pélvica que muestra una pelvis capaz» y se destaca que
la gestante se encontraba «en fase de latencia, –previa al parto activo–». A continuación,
se describe el estado psíquico de la paciente, expresando que la misma «no muestra
síntomas psicóticos, ni clínica afectiva mayor, ni alteraciones cognitivas». Añade que
«[d]ado el requerimiento de vigilancia fetal continuada se le ofrece y acepta, vigilancia en
sala iluminada adjunta a partos con cardiotocografía que permite libre deambulación».
Finaliza el informe con tres conclusiones; (i) fase de latencia de parto; (ii) feto que
precisa vigilancia continuada hasta el momento de su nacimiento; y (iii) no se descarta la
realización de «intervenciones médicas y quirúrgicas (amniorexis, amnioinfusión o
cesárea) para evaluar el estado fetal o tratar el estado fetal».
h) El día 26 de abril de 2019, el gerente del área sanitaria IV remitió un nuevo
informe al juzgado en el que puso de manifiesto que se había producido «el nacimiento a
la 1:40 horas de hoy 26 de abril». Adjuntaba, al efecto, un informe del jefe de obstetricia
del HUCA en el que, de modo resumido, constaba lo que sigue:
– «El parto se inicia de forma espontánea sin administración de oxitocina en ningún
momento».
– «Se mantiene comunicación e información continuada y a demanda con la
paciente, su pareja y su acompañante (la matrona que le asistía en su domicilio). Se
aportan documentos de consentimiento informado para el parto sus complicaciones y
cesárea que leen y aceptan».
– «La paciente refiere dolor intenso resistente a medidas no farmacológicas y solicita
analgesia epidural (16:36 h). Se solicita analítica, se avisa a anestesia que informa
aporta consentimiento y firma».
– «El cardiotocograma del feto muestra períodos prolongados de 40 minutos de
variabilidad mínima sin ascensos en la frecuencia fetal tras la estimulación de la cabeza
fetal. Este signo se asocia a trazado poco tranquilizador y requieren la realización de una
determinación de pH de sangre calota fetal […] Se explica a la paciente y acompañante
(en este caso la matrona que le acompañaba en su domicilio) que entiende y acepta
(20:30 h). El resultado de la prueba es normal».
– «El parto no progresa de forma adecuada desde su primera exploración […]. La
paciente presenta prurito tras la analgesia epidural. Ante una posible reacción alérgica el
servicio de anestesia la suspende. La paciente solicita otro tipo de analgesia» y, de entre
las que se le ofrecen como alternativa, la paciente opta por «morfina iv».

cve: BOE-A-2023-8218
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Núm. 77