I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2023-8117)
Orden HFP/309/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueban el modelo 792, "Autoliquidación de la aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma", y el modelo 793, "Pagos a cuenta de la aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma", y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 46578

disposición adicional segunda de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la
que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de
determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales,
comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
Disposición transitoria única. Aplicación de la Orden IET/2785/2015, de 17 de
diciembre, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria
de las aportaciones a la Corporación de Radio y Televisión Española.
La Orden IET/2785/2015, de 17 de diciembre, por la que se regulan determinados
aspectos de la gestión recaudatoria de las aportaciones a la Corporación de Radio y
Televisión Española, será de aplicación a las autoliquidaciones y pagos a cuenta
correspondientes a ejercicios anteriores a 2023.
Disposición derogatoria única. Derogación de la Orden IET/2785/2015, de 17 de
diciembre, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria
de las aportaciones a la Corporación de Radio y Televisión Española.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria única, queda derogada con
efectos para las autoliquidaciones correspondientes a 2023 y siguientes la Orden
IET/2785/2015, de 17 de diciembre, por la que se regulan determinados aspectos de la
gestión recaudatoria de las aportaciones a la Corporación de Radio y Televisión
Española.
Disposición final primera. Modificación de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por
la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de
crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Se introduce la siguiente modificación en la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio:
En el anexo I, Código 021-Autoliquidaciones, se incluyen los siguientes modelos de
autoliquidación:
Código de modelo: 792.
Denominación: «Autoliquidación de la aportación a realizar por los prestadores del
servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de
intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al
de una Comunidad Autónoma».
Periodo de Ingreso: 0A.

Denominación: «Pagos a cuenta de la aportación a realizar por los prestadores del
servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de
intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al
de una Comunidad Autónoma».
Periodo de ingreso: 1P, 2P, 3P.

cve: BOE-A-2023-8117
Verificable en https://www.boe.es

Código de modelo: 793.