II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-8082)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Universidad de Vigo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Jueves 30 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 46258

Salvo petición expresa de la presidencia y debidamente autorizada, cada comisión
tendrá su sede y actuará en el centro en el que tenga su sede el departamento al que
está adscrita la plaza convocada.
La Universidad hará públicos con la publicación de la convocatoria los curriculum
vitae de los miembros de las comisiones de acceso en la dirección de internet: https://
secretaria.uvigo.gal/uv/web/convocatoria/public/index.
El nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada, debidamente alegada por la persona interesada y así
apreciada por este Rectorado. Los miembros de la comisión deberán abstenerse de
actuar y podrán ser recusados en los casos y por los motivos previstos en el artículo 23
de la Ley 40/2015. Resuelta la renuncia, la abstención o la recusación, las personas
afectadas serán sustituidas por sus respectivos suplentes y, en su defecto, por orden
correlativo y en último caso resolverá el Rector.
5.2 Las comisiones deberán constituirse en el plazo de un mes desde la publicación
de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Transcurrido el plazo sin que
se hubiera constituido la comisión correspondiente, el Rector procederá a la sustitución
de la persona que ejerza la presidencia titular.
5.3 La constitución de cada comisión exigirá la asistencia de cinco de sus
miembros, titulares o suplente en su caso. La presidencia, una vez realizadas las
consultas pertinentes con los restantes miembros, convocará a quien sea miembro titular
y, en su caso, suplente, con una antelación mínima de diez días hábiles, fijando lugar,
fecha y hora para proceder al acto de constitución de la comisión, que podrá realizarse
por cualquiera de los procedimientos que permitan los medios tecnológicos disponibles,
en este supuesto quedará reflejado en el acta tal circunstancia. Los miembros titulares
serán substituidos por sus respectivos suplentes, en primer lugar, o por orden correlativa.
En el acto de constitución la comisión establecerá los criterios de valoración del
concurso adecuados al perfil de cada plaza y los hará públicos en el tablón de anuncios
de la Sede electrónica de la Universidad de Vigo y en el del lugar donde vayan a
celebrarse las pruebas, antes del acto de presentación de candidatos/as.
5.4 Una vez constituida la comisión, en caso de ausencia de la persona que ejerza
la presidencia será substituida por el catedrático o catedrática de universidad con mayor
antigüedad que tenga reconocidos, por lo menos dos tramos de investigación.
5.5 Para que la comisión pueda actuar válidamente se requerirá la asistencia de,
por lo menos, tres de sus miembros entre los que figurarán obligatoriamente las
personas que ocupen la presidencia y la secretaría. Los miembros de la comisión que
estuviesen ausentes de la prueba cesarán en tal condición, sin perjuicio de las
responsabilidades en que pudiesen haber incurrido.
5.6 A la secretaría de cada comisión le corresponderán las actuaciones
administrativas y la gestión económica propias de la comisión, auxiliada por el personal
de administración y servicios del departamento al que esté adscrita la plaza.
5.7 Durante el desarrollo del concurso la Comisión resolverá las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que proceda en los casos
no previstos en ellas. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 39/2015 y la Ley 40/2015.
Acto de presentación y prueba.

6.1 La presidencia de la Comisión convocará a quien participe en el concurso al
acto de presentación con una antelación mínima de diez días hábiles, indicando lugar y
hora para realizar el acto de presentación.
6.2 En el acto de presentación, que será público, quien sea concursante entregará
en cualquier soporte informático el apartado a) y b):
a) El curriculum vitae deberá ajustarse al modelo que se adjunta como anexo III, en
el que detallará sus méritos, historial académico docente e investigador.
b) Su proyecto docente e investigador adecuado al perfil del concurso.

cve: BOE-A-2023-8082
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.