III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Fondos Europeos. (BOE-A-2023-8089)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, por la que se publica la aprobación del Programa para España FEMPA 2021-2027 por la Comisión Europea y la información requerida por el artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de marzo de 2023

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identificados. Asimismo, identifica los objetivos específicos que son susceptibles de
causar impactos estratégicos negativos sobre el medio ambiente y por tanto la necesidad
de análisis en profundidad y la aplicación de medidas de prevención, corrección y
compensación. Sobre la base establecida en el citado Documento de Alcance, la
Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura elaboró el Estudio Ambiental
Estratégico.
Un nuevo borrador del Programa del FEMPA junto con el Estudio Ambiental
Estratégico fue sometido a consulta pública previo anuncio en el «Boletín Oficial del
Estado» el 14 de marzo de 2022 y la consulta a las administraciones interesadas.
Asimismo, se realizó la consulta a las Administraciones Públicas afectadas y a las
personas interesadas con fecha 12 de julio de 2022.
Posteriormente, se preparó el expediente de evaluación ambiental estratégica, según
el artículo 24 de la Ley 21/2013, integrando los siguientes documentos:
a) Propuesta final del Programa del FEMPA.
b) Estudio ambiental estratégico.
c) Resultado de la información pública y de las consultas, incluyendo en su caso las
consultas transfronterizas, así como su consideración.
d) Un documento resumen en el que se describa la integración, en la propuesta
final del programa de los aspectos ambientales, del estudio ambiental estratégico y de su
adecuación al documento de alcance, del resultado de las consultas realizadas y cómo
éstas se han tomado en consideración.
Finalmente, el órgano ambiental emitía la Declaración Ambiental Estratégica
mediante resolución de 4 de noviembre de 2022 (BOE número 270, de 10 de noviembre
de 2022).
Integración de las conclusiones y recomendaciones del procedimiento ambiental en el
programa
En primer lugar, cabe señalar que para el Programa del FEMPA, los objetivos
específicos vienen establecidos por el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021, y, a su vez, el Reglamento (UE) 2021/1060
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 de Disposiciones
Comunes establece las normas generales sobre programación de las ayudas, incluyendo
la gestión, control y evaluación, y la coordinación con otros instrumentos de la UE.
El Programa para España del FEMPA garantiza un enfoque ambiental de forma
horizontal e integrada en la ejecución del Programa. Numerosas observaciones recibidas
tanto en el periodo de consulta e información pública y por el Órgano Ambiental son
relativas a las condiciones medioambientales de elegibilidad y selección de las
operaciones, las cuales no son objeto del Programa dada la plantilla establecida
reglamentariamente, pero que han tenido en cuenta en el documento de Criterios de
Selección que si detalla esas cuestiones.
Entre las consideraciones más importantes que se han realizado a raíz de las
observaciones recibidas por el Órgano Ambiental en la Declaración Ambiental
Estratégica y de las entidades participantes en las fases de consulta e información
pública, se encuentran los siguientes:
1. La Declaración Ambiental Estratégica solicita que se incluyan las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias para aquellas actuaciones que podrían tener
un efecto potencial sobre el medio ambiente. Es preciso indicar que atendiendo a la
filosofía y base conceptual del Programa del FEMPA, que ha quedado expresado en sus
objetivos y actuaciones asociadas, se puede concluir que el propio Programa del
FEMPA, integrado en las políticas de la Unión Europea como son la Política Pesquera
Común, el Pacto Verde Europeo, Estrategia de la Granja a la mesa, Estrategia
Biodiversidad 2030, Pacto Europeo por el Clima, etc. Es en sí mismo un conjunto de

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