III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2023-8113)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de operación eléctricos 3.8: Pruebas para la participación de las instalaciones en los procesos y servicios gestionados por el Operador del Sistema y 9.2: Intercambio de información en tiempo real con el operador del sistema.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76
Jueves 30 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 46511
4. A continuación, el OS emitirá una nueva consigna de potencia 0 con motivo 0
para la instalación o agrupación, en la forma descrita en el punto 2. El OS mantendrá el
valor de dicha consigna durante al menos 5 minutos, de manera que pueda comprobar
que la instalación o agrupación no sigue la consigna, al tratarse de una consigna no
válida.
(4)
(4)
Ausencia de limitación.
5. Finalmente, se liberarán las consignas a capacidad máxima de potencia,
momento en el que se darán por finalizadas las pruebas.
Se considerará que la instalación o agrupación ha superado las pruebas de control
de producción si cumple:
a) La instalación o agrupación ha alcanzado los valores de consigna de potencia
con motivo 61 emitidos por el OS en un tiempo inferior a 15 minutos,
b) La instalación o agrupación ha mantenido la limitación de consigna de potencia
con motivo 61 durante el total del tiempo que dicha consigna ha estado activa,
c) Tras la emisión de la consigna de potencia 0 con motivo 02, la instalación o
agrupación ha cumplido con la última consigna válida emitida por el OS a través del
enlace ordenador-ordenador durante el tiempo en que la consigna de potencia 0 con
motivo 02 ha estado activa.
1. Deberá determinarse el punto de funcionamiento de la instalación o agrupación
en el momento inmediatamente anterior al comienzo de las pruebas.
2. Sin previo aviso al centro de control al que esté adscrita la instalación o
agrupación, el OS emitirá una consigna de potencia con motivo 61, a través del enlace
ordenador-ordenador establecido entre los centros de control. El valor de dicha consigna
será superior a la potencia de producción de la instalación o agrupación determinada en
el punto 1.
3. En un tiempo inferior a 15 minutos desde la emisión de la consigna por parte
del OS, el centro de control al que esté adscrita la instalación o agrupación deberá
establecer contacto telefónico con el OS para informar de la recepción de la consigna
indicando el valor recibido. El OS verificará que el valor indicado es el correcto.
4. Sin previo aviso al centro de control y dentro de los 30 minutos siguientes, el OS
emitirá una consigna de potencia con motivo 6 1, a través del enlace ordenador-ordenador
establecido entre los centros de control. El valor de dicha consigna será superior al
primer valor de consigna enviado.
5. En un tiempo inferior a 15 minutos desde la emisión de la consigna por parte
del OS, el centro de control al que esté adscrita la instalación o agrupación deberá
establecer contacto telefónico con el OS para informar de la recepción de la consigna
indicando el valor recibido. El OS verificará que el valor indicado es el correcto.
6. Se liberarán las consignas a capacidad máxima de potencia, momento en el que
se darán por finalizadas las pruebas.
Se considerará que la instalación o agrupación ha superado las pruebas de control
de producción si cumple:
a) El centro de control al que está adscrita la instalación o agrupación que realiza
las pruebas contacta telefónicamente con el OS en un tiempo inferior a 15 minutos desde
que el OS emite de la consigna, y
b) El valor de consigna que dicho centro de control transmite al OS es el mismo que
el enviado por el OS a través del enlace ordenador-ordenador.
cve: BOE-A-2023-8113
Verificable en https://www.boe.es
El protocolo de pruebas de control de producción que deberán superar las
instalaciones y agrupaciones de instalaciones que cumplan la condición c) del
apartado 4.1 será el siguiente:
Núm. 76
Jueves 30 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 46511
4. A continuación, el OS emitirá una nueva consigna de potencia 0 con motivo 0
para la instalación o agrupación, en la forma descrita en el punto 2. El OS mantendrá el
valor de dicha consigna durante al menos 5 minutos, de manera que pueda comprobar
que la instalación o agrupación no sigue la consigna, al tratarse de una consigna no
válida.
(4)
(4)
Ausencia de limitación.
5. Finalmente, se liberarán las consignas a capacidad máxima de potencia,
momento en el que se darán por finalizadas las pruebas.
Se considerará que la instalación o agrupación ha superado las pruebas de control
de producción si cumple:
a) La instalación o agrupación ha alcanzado los valores de consigna de potencia
con motivo 61 emitidos por el OS en un tiempo inferior a 15 minutos,
b) La instalación o agrupación ha mantenido la limitación de consigna de potencia
con motivo 61 durante el total del tiempo que dicha consigna ha estado activa,
c) Tras la emisión de la consigna de potencia 0 con motivo 02, la instalación o
agrupación ha cumplido con la última consigna válida emitida por el OS a través del
enlace ordenador-ordenador durante el tiempo en que la consigna de potencia 0 con
motivo 02 ha estado activa.
1. Deberá determinarse el punto de funcionamiento de la instalación o agrupación
en el momento inmediatamente anterior al comienzo de las pruebas.
2. Sin previo aviso al centro de control al que esté adscrita la instalación o
agrupación, el OS emitirá una consigna de potencia con motivo 61, a través del enlace
ordenador-ordenador establecido entre los centros de control. El valor de dicha consigna
será superior a la potencia de producción de la instalación o agrupación determinada en
el punto 1.
3. En un tiempo inferior a 15 minutos desde la emisión de la consigna por parte
del OS, el centro de control al que esté adscrita la instalación o agrupación deberá
establecer contacto telefónico con el OS para informar de la recepción de la consigna
indicando el valor recibido. El OS verificará que el valor indicado es el correcto.
4. Sin previo aviso al centro de control y dentro de los 30 minutos siguientes, el OS
emitirá una consigna de potencia con motivo 6 1, a través del enlace ordenador-ordenador
establecido entre los centros de control. El valor de dicha consigna será superior al
primer valor de consigna enviado.
5. En un tiempo inferior a 15 minutos desde la emisión de la consigna por parte
del OS, el centro de control al que esté adscrita la instalación o agrupación deberá
establecer contacto telefónico con el OS para informar de la recepción de la consigna
indicando el valor recibido. El OS verificará que el valor indicado es el correcto.
6. Se liberarán las consignas a capacidad máxima de potencia, momento en el que
se darán por finalizadas las pruebas.
Se considerará que la instalación o agrupación ha superado las pruebas de control
de producción si cumple:
a) El centro de control al que está adscrita la instalación o agrupación que realiza
las pruebas contacta telefónicamente con el OS en un tiempo inferior a 15 minutos desde
que el OS emite de la consigna, y
b) El valor de consigna que dicho centro de control transmite al OS es el mismo que
el enviado por el OS a través del enlace ordenador-ordenador.
cve: BOE-A-2023-8113
Verificable en https://www.boe.es
El protocolo de pruebas de control de producción que deberán superar las
instalaciones y agrupaciones de instalaciones que cumplan la condición c) del
apartado 4.1 será el siguiente: