II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-8021)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Miércoles 29 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 45903

5.7 A los miembros de las comisiones los son aplicables los supuestos de
abstención y recusación establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público En el supuesto de que concurran los
motivos de abstención, las personas interesadas tienen que abstenerse de actuar en el
procedimiento y lo comunicará al superior inmediato, quien resolverá el precedente.
En aplicación del Plan de medidas antifraude de la UPC los miembros titulares de las
Comisiones antes de su constitución firmarán la Declaración de Ausencia de Conflicto de
intereses (DACI).
5.8 En el desarrollo de esta convocatoria, los miembros de las comisiones, a
excepción de su secretario o secretaria, podrán optar por participar en formato presencial
o en formato telemático en aquellas fases del proceso selectivo que no tengan previsto
en las bases su desarrollo telemático. En cambio, tanto el secretario o secretaria como la
persona candidata deberán asistir de forma presencial a las pruebas del concurso. De
forma general, corresponde al secretario o secretaria, la participación presencial, si bien
la comisión podrá acordar que sea otro miembro de la comisión quien participio
presencialmente.
5.9 Los miembros de las comisiones que participen telemáticamente, si no
disponen de firma electrónica, podrán firmar cada uno en una copia de los documentos
que requieran ser firmados por la totalidad de los miembros. Ello tendrá la misma validez
que si todos los miembros hubieran firmado en el mismo documento. Si disponen de
firma electrónica, no será necesario enviar copia de los documentos firmados de forma
manuscrita.
6.

Desarrollo del concurso

Los concursos se desarrollarán de acuerdo con el Procedimiento de acceso a los
cuerpos y categorías de personal docente e investigador permanente en cuatro fases:
constitución de la CAP, acto de presentación de documentación de las personas
candidatas, desarrollo de las pruebas y propuesta de nombramiento.
En la realización de los concursos se han de garantizar los principios de publicidad e
igualdad de oportunidades de los aspirantes, los de mérito y capacidad y el de igualdad
de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
La Universidad garantiza la igualdad de oportunidades de las personas con
discapacidad y adopta las medidas necesarias para adaptarse a las necesidades
específicas para garantizar la igualdad en el acceso, de acuerdo con la legislación
aplicable.
El tiempo transcurrido entre la publicación de la resolución de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado» y la resolución de los concursos, excepto situaciones
excepcionales que puedan surgir en el desarrollo, no podrá exceder de los 4 meses. A
efectos de este cómputo no se tendrá en cuenta el mes de agosto al considerarse
inhábil.
Constitución de la CAP.

La CAP tiene que constituirse telemáticamente a partir de la fecha de publicación de
la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, a convocatoria del presidente o
presidenta. En la convocatoria se indicará el día, la hora y el medio telemático que se
utilizará para llevar a cabo el acto.
La constitución de la CAP exige la presencia de la totalidad de sus miembros. Los
miembros titulares que no concurren a este acto cesan y son sustituidos por los
miembros suplentes correspondientes. Una vez constituida, en el caso de ausencia de la
presidenta o el presidente, ésta o éste se sustituye por el miembro más antiguo del
mismo cuerpo. Los miembros de la CAP que se ausenten de la prueba de alguna de las
personas concursantes cesan como miembros de la misma, sin perjuicio de las
responsabilidades en que hayan podido incurrir. A fin de que la CAP pueda actuar
válidamente, es necesaria la participación de, como mínimo, tres de sus miembros. Si se

cve: BOE-A-2023-8021
Verificable en https://www.boe.es

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