II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-8021)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 45902

instancias no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún
caso, la realización del ingreso supondrá la sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
3.4 Junto con la solicitud por concurso se deberán adjuntar los siguientes
documentos:
a) Copia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
b) Copia de la certificación en la que se acredite el cumplimiento del requisito
específico de la base 2.2, según se presente a un concurso de turno libre o a un
concurso de promoción interna.
c) Copia acreditativa del documento que acredite el ingreso de la tasa de
inscripción, conforme a lo establecido en la base 3.3. En el caso de aplicarse
reducciones y/o exenciones establecidas legalmente, presentar copia del documento que
certifique el motivo.
En caso de ser personal de la Universitat Politècnica de Catalunya, y se disponga de
la documentación, únicamente deberá presentar la solicitud con la copia del documento
que acredite el ingreso de la tasa.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el vicerrector de Política de
Personal Docente e Investigador de la Universitat Politècnica de Catalunya, dictará una
resolución en el plazo máximo de quince días hábiles, con la que declarará aprobada la
relación provisional de admitidos y excluidos. En caso de exclusión se indicará su causa.
Contra dicha resolución las personas interesadas podrán presentar una reclamación
ante el rector, en el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a la
publicación de la relación de admitidos y excluidos.
4.2 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el vicerrector de
Política de Personal Docente e Investigador dictará una resolución aprobando la relación
definitiva de candidatos admitidos y excluidos
5. Composición de la Comisión
5.1 La composición de las comisiones de acceso (en adelante, CAP) son las que
figuran en el anexo II de la presente convocatoria.
5.2 El nombramiento de los miembros es efectiva mediante la presente resolución.
5.3 Los miembros de las comisiones tienen el deber de guardar el debido sigilo y
confidencialidad respecto de los asuntos que conozca, así como los datos de carácter
personal o cualquier información que haga referencia a personas físicas identificadas o
identificables.
5.4 Los miembros de la CAP que no sean profesorado de la UPC tienen derecho a
percibir asistencias y / o indemnizaciones por su servicio.
Corresponden al secretario o secretaria de la CAP las actuaciones administrativas y
su gestión económica, si las hay, con la ayuda del personal administrativo de la misma
universidad.
5.5 A efectos de comunicaciones y otras incidencias, las comisiones de acceso
tendrán su sede en el Servicio de PDI – Unidad de Captación de Talento - Concursos
PDI, planta 3 del edificio Vèrtex, plaza Eusebio Güell, 6, 08034 Barcelona. Dichas
comunicaciones e incidencias se podrán enviar por correo electrónico a la dirección
concursos.pdi.apo@upc.edu. En el asunto del mensaje deberá especificarse «Concursos
PDI funcionario».
5.6 La junta de PDI funcionario podrá designar un representante por concurso, que
deberá ser del cuerpo docente de catedrático de universidad o equivalente i que tendrá
derecho a voz, pero sin voto en las actuaciones de la comisión.

cve: BOE-A-2023-8021
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 75