III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2023-7921)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión entre la Dirección General de la Guardia Civil y la Comunidad Autónoma de Cantabria, en materia de formación teórico-práctica de los ejercicios de tiro a impartir por la Guardia Civil a los cuerpos de Policía Local de los municipios de Cantabria.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Martes 28 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45510

otras Instituciones, centros o establecimientos que interesen para dichas finalidades
docentes.
Dentro de las diversas actividades formativas (curso básico para agentes de policía
local en prácticas de nuevo ingreso, curso de mandos intermedios para promocionar a
distintas categorías, cursos de tiro en el plan formación continua, tiradas anuales
obligatorias de tiro para policías locales) las prácticas de tiro, por su particularidad y
especialidad, constituyen una formación específica que requiere personal cualificado y
espacios debidamente habilitados al efecto.
La Escuela Autonómica de Policía Local carece de galería de tiro y de instructores
propios, por lo que se hace indispensable coordinar dicha actividad y hacerlo en las
mejores condiciones, con las mayores garantías, orientándose sobre todo a poder
dispensar, la formación más cualificada en la materia.

El Gobierno de Cantabria es consciente de la labor desarrollada por las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado, en el marco de lo dispuesto por la Ley
Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el
mantenimiento de la seguridad ciudadana en general, y en el auxilio y protección de las
personas y bienes en beneficio del interés general de la población.
El artículo 28 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la
seguridad ciudadana, establece que corresponde al Gobierno de la Nación la regulación
de los requisitos y condiciones de fabricación, reparación, circulación, almacenamiento,
comercio, adquisición, enajenación, tenencia y utilización de armas, sus imitaciones,
réplicas y piezas fundamentales. Además, la intervención de armas, explosivos,
cartuchería y artículos pirotécnicos corresponde al Ministerio del Interior, que la ejerce a
través de la Dirección General de la Guardia Civil, cuyos servicios están habilitados para
realizar en cualquier momento las inspecciones y comprobaciones que sean necesarias
en los espacios que estén destinados a su fabricación, depósito, comercialización o
utilización. En particular, de conformidad con los artículos 114 y 115 del Real
Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas,
corresponde a la Dirección General de la Guardia Civil, expedir las guías de pertenencia
para cada arma que posean los miembros de los Cuerpos de Policía de las
Corporaciones Locales.
La Guardia Civil dispone actualmente, en sus dependencias de Campogiro, en
Santander, de una galería de tiro para formar a sus propios guardias civiles, disponiendo
igualmente de personal cualificado para impartir enseñanzas en materia de tiro a
personal de los distintos Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, incluidos los policías locales,
que integran los distintos Cuerpos de Policía Local de los Ayuntamientos de Cantabria.
El objeto primordial del presente convenio de encomienda de gestión es fijar un
marco de colaboración entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia
Civil) y el Gobierno de Cantabria (Escuela Autonómica de Policía Local/Centro de
Estudios de la Administración Regional de Cantabria-CEARC), para garantizar que los
policías locales de los distintos municipios con Cuerpo de Policía Local, puedan
desarrollar prácticas de tiro en un espacio adecuado, aprovechando la experiencia de los
instructores de tiro de la Guardia Civil, de forma que la Escuela Autonómica de Policía
Local, cumpla con su cometido de facilitar la debida formación, perfeccionamiento y
especialización de los policías locales de los Ayuntamientos de Cantabria.
En consecuencia, al carecer la Escuela Autonómica de Policía Local de plantilla de
profesores, de galería de tiro, así como de medios o instalaciones adecuadas y de
personal idóneo o especializado para desarrollar con plenas garantías la formación
teórico-práctica de los ejercicios de tiro de los policías locales de Cantabria, teniendo en
cuenta que la formación de convenios anteriores avala el alto grado de preparación de la
policía local y por ello una mayor eficacia y seguridad en las intervenciones profesionales
conjuntas de ambos colectivos y así se considera necesario, por razones de eficiencia y

cve: BOE-A-2023-7921
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.