III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2023-7921)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión entre la Dirección General de la Guardia Civil y la Comunidad Autónoma de Cantabria, en materia de formación teórico-práctica de los ejercicios de tiro a impartir por la Guardia Civil a los cuerpos de Policía Local de los municipios de Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Martes 28 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45511

eficacia, que el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Guardia Civil
continúe llevando a cabo dicho cometido.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio de encomienda
de gestión que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Es objeto del presente convenio de encomienda de gestión, en relación con el
artículo 45.1 y 2 de la Ley de Cantabria 5/2000, de 15 de diciembre, de Coordinación de
las Policías Locales, garantizar que los ejercicios de tiro teórico-prácticos que la Escuela
Autonómica de Policía Local desarrolle para la formación y perfeccionamiento de los
policías locales de los Cuerpos de Policía Local de los Ayuntamientos de Cantabria,
tanto en el curso básico, curso de mandos intermedios, cursos de tiro del plan de
formación continua y en las tiradas obligatorias anuales para policías locales, tal como
regula el artículo 70.4 del decreto 1/2003, de 9 de enero, se realicen en dependencias
adecuadas y se impartan por personal cualificado de la Guardia Civil. Para ello, y
mediante el presente convenio de encomienda de gestión, se establece el marco de
colaboración para que el desarrollo de los citados ejercicios de tiro se realice en las
instalaciones de la galería del cuartel de la Guardia Civil en Campogiro (Santander), por
los instructores de tiro de la propia Guardia Civil.

1. Permitir la utilización de las instalaciones, en particular de la galería de tiro, del
Cuartel de la Guardia Civil de Campogiro, para la realización de la formación y de las
prácticas de tiro correspondientes al curso básico para agentes de nuevo ingreso para la
categoría de policía local, curso de mandos intermedios para promoción a distintas
categorías de policía local, cursos de tiro del plan de formación continua que convoque la
Escuela Autonómica de Policía Local, así como las tiradas anuales de tiro obligatorias,
de conformidad con el Plan anual de tiro de formación previamente aprobado por la
Comisión de Seguimiento del presente convenio.
Las instalaciones deberán cumplir las exigencias de seguridad propias de una galería
de tiro, para la formación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
2. Aportar el personal cualificado de la Guardia Civil, para dispensar la formación y
las prácticas de tiro. La citada formación teórico-práctica para las prácticas de tiro se
realizará en grupos de un máximo de diez Policías Locales, por Instructor, de
conformidad con el citado Plan anual de formación.
La duración de las tiradas obligatorias anuales de cada grupo, reguladas su
obligatoriedad en el artículo 70.4 del Decreto de Normas marco 1/2003, de policías
locales del Gobierno de Cantabria, se desarrollará durante un periodo ordinario de tres
horas. Los instructores deberán tener, al menos, la titulación/formación exigida para ser
Instructor del personal propio de la Guardia Civil.
3. Colaborar con la Escuela Autonómica de Policía Local en la planificación del
Plan anual de prácticas de tiro correspondientes a la formación continua, así como de los
módulos de tiro de los cursos básico y de mandos intermedios.
4. Que los instructores de la Guardia Civil elaboren:
a) Un informe general sobre el desarrollo del Plan anual de los ejercicios de tiro.
b) Un informe individual por cada policía local, sobre su formación continua en la
destreza en el desarrollo de la actividad.

cve: BOE-A-2023-7921
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Segunda. Compromisos del Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil
de Cantabria).