III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-7863)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Saint-Gobain Isover Ibérica, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45074

El Comité de Empresa recibirá la información de las situaciones que en estos
términos se produzcan.
Artículo 19.

Cambios de Centro de Trabajo.

Cuando se produzcan las circunstancias descritas en el primer párrafo del
artículo 18, punto 2., y éstas sean con carácter definitivo, la persona que voluntariamente
desee trasladarse podrá ocupar una vacante en otro Centro, si la hubiere, siempre que
no suponga promoción y que en el Centro de destino no exista personal en las mismas
circunstancias que pueda cubrirlo.
Sección IV.
Artículo 20.

Cobertura de vacantes

Cobertura de Vacantes.

Cuando la Dirección estime necesario la cobertura de vacantes, el procedimiento a
seguir será:
1. Con excedentes estructurales de igual o superior Nivel Profesional si los hubiera
y que cumplan con las exigencias del Profesiograma de dicha vacante.
2. Con personas de igual Nivel Profesional o inferior, a través de Convocatoria.
Tendrán preferencia las de nivel inferior.
3. Con personal de nuevo ingreso.
En todos estos casos de cobertura de vacantes, las personas se adaptarán al
régimen horario y demás circunstancias de la actividad a desarrollar.
Para los profesiogramas que por sus exigencias de confidencialidad, formación,
responsabilidad o mando sean definidos como de Libre Designación, la Comisión
decidirá las pruebas a realizar por los candidatos que previamente hayan superado una
entrevista personal.
Los profesiogramas definidos como de libre designación quedan especificados en el
Anexo V. Cualquier modificación del listado anexado se acordará en la comisión
correspondiente.
Artículo 21.

Convocatoria y Comisión Formación-Promociones.

Cuando sea necesario cubrir una vacante interna a través de Convocatoria, ésta se
realizará como sigue:
1.

Reunión inicial con la R.S.

Con carácter previo a la publicación de la Convocatoria, la Dirección y la R.S.,
mantendrán una reunión con objeto de que la R.S., sea informada del contenido de la
convocatoria, profesiograma y fechas previstas.
2.

Convocatoria








Grupo Profesional.
Profesiograma.
Nivel Profesional.
Programa de Materias.
Plazo de presentación de candidaturas.
Lugar, fecha y hora de realización de las pruebas.

Quienes concurran deberán tener al menos, un año de permanencia en la empresa y
no estar en período de consolidación por haber aprobado una convocatoria anterior.

cve: BOE-A-2023-7863
Verificable en https://www.boe.es

La Convocatoria deberá incluir, con respecto a la vacante: