III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-7863)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Saint-Gobain Isover Ibérica, SL.
64 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45070

labores productivas o la realización de tareas auxiliares que comporten atención a las
personas, o funciones de mando en operaciones relacionadas con la producción.
– Grupo técnico especialista: Comprenderá al personal que por sus conocimientos
y/o experiencia ejecuta operaciones relacionadas con la producción, bien directamente,
actuando en el proceso productivo o en labores de mantenimiento, transporte u otras
operaciones auxiliares, pudiendo realizar, a su vez, funciones de supervisión o
coordinación.
b)

Profesiogramas.

Los profesiogramas son documentos descriptivos en los que se reflejan los
requerimientos de los procesos y actividades que se llevan a cabo en el marco del Grupo
Profesional de referencia.
En ningún caso, la Empresa quedará obligada a tener cubiertos todos los
profesiogramas, si las necesidades de su actividad no lo requieren.
Los elementos que lo integran son:
a.





b.

Identificación.
Denominación de la actividad que se desarrollará.
Grupo Profesional.
Nivel Profesional.
Código identificativo.
Fecha de puesta en práctica y de las sucesivas actualizaciones si las hubiere.
Misión General.

Característica general de la ocupación a desarrollar; Autonomía, Iniciativa,
Complejidad de la ocupación y nivel de Responsabilidad asociado.
c.

Unidades de Competencia.

Funciones, tareas y operaciones asociadas a la ocupación a desempeñar.
d.

Capacidades Profesionales.

– Capacidades Técnicas y Aptitudinales necesarias para la correcta ejecución de la
actividad.
– Capacidades Sociales que es necesario desarrollar.
e.

Medios, Métodos y Técnicas.

Medios, herramientas, documentación y normativa necesaria, así
procedimientos de trabajo y metodología a utilizar para un óptimo desempeño.
f.

como

Condiciones de Trabajo.

Descripción de las condiciones de trabajo ambientales, así como de los potenciales
riesgos derivados de la actividad.
Formación Profesional.

– Formación reglada oficial mínima.
– Formación, no académica, complementaria.
c)

Nivel profesional.

Se entiende por Nivel Profesional la unidad de clasificación que agrupa, de forma
homogénea, las aptitudes profesionales, la formación requerida y el contenido general de

cve: BOE-A-2023-7863
Verificable en https://www.boe.es

g.