III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-7860)
Resolución de 27 de enero de 2023, de Puertos del Estado, por la que se publica el Convenio con el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y la Autoridad Portuaria de Castellón, para el desarrollo del acceso ferroviario sur al puerto de Castellón. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45045

El artículo 4.4 del Real Decreto 707/2015, de 24 de julio, dispone que «los
organismos públicos portuarios podrán compensar las aportaciones obligatorias cuyo
desembolso sea exigido con los pagos efectuados, así como con los previstos en el
presupuesto del ejercicio de desembolso de la aportación, una vez deducidas las
subvenciones asociadas a los mismos, correspondientes a inversiones y aportaciones
patrimoniales en aquellas obras que estén financiadas con el Fondo o, sin estar
financiadas por el mismo, cumplan sus requisitos y finalidad, siempre que estén
contempladas en el correspondiente presupuesto y hayan sido aprobadas para su
compensación por el Comité de Distribución del Fondo de Compensación lnterportuario.
A la finalización del ejercicio se regularizarán, en su caso, las compensaciones
atendiendo a los pagos efectivamente realizados, imputando el saldo resultante a los
desembolsos del ejercicio siguiente o sucesivos».
De conformidad con lo estipulado en el precepto transcrito en el párrafo precedente,
la APC está en condiciones de contribuir a través del FFATP a la financiación de la
actuación de acceso ferroviario sur al puerto de Castellón, conforme al acuerdo
alcanzado, por unanimidad, por el Comité de Distribución del Fondo de Compensación
lnterportuario en su reunión, de 14 de octubre de 2021, y en los términos regulados por
este convenio.
Dicha actuación se enmarca dentro de los supuestos de actuación previstos en el
artículo 159.bis) del TRLPEMM antes citado y ha sido contemplada en la programación
del citado Fondo con el carácter de «a compensar» con las aportaciones obligatorias al
mismo que corresponden a la Autoridad Portuaria que suscribe. Asimismo, se encuentra
recogida el Presupuesto vigente de la APC, integrado en el correspondiente Plan de
Empresa acordado con Puertos del Estado.
Por su parte, la actuación se recoge en los Presupuestos Generales del Estado en
vigor a fecha de la firma del presente convenio (aprobados por Ley 22/2021, de 28 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022) en el código 5160
bajo la denominación «Actuaciones en Mercancías».

La construcción de accesos terrestres a los puertos y la adecuada conectividad es un
factor estratégico para la potenciación de los puertos españoles como plataforma
logística del sur de Europa y es también un factor importante de competitividad y de
atracción de inversión privada que justifica la construcción de estos accesos con
recursos públicos cuando se demuestra su rentabilidad económica y se garantiza su
viabilidad financiera
En el caso del acceso ferroviario al Puerto de Castellón la conexión actual se realiza
por medio de un ramal de vía única no electrificada de 6,8 km que parte del apeadero de
Las Palmas, situado al norte de la estación de Castellón, dentro de la línea ValenciaTarragona y atraviesa zonas urbanizadas en los últimos años. Asimismo, las
características de este ramal, que cuenta con 19 pasos a nivel, hacen evidente la
necesidad de una alternativa de transporte más competitiva y sostenible que la actual.
Mediante Resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda de fecha 12 de junio de 2015 (BOE 11 de julio de 2015) se aprobó
definitivamente el «Estudio Informativo del Nuevo Acceso Ferroviario Sur al Puerto de
Castellón». En dicha resolución se establece que corresponderá a ADIF la aprobación de
los proyectos constructivos, estudiando y justificando durante su redacción la posibilidad
de desarrollar la actuación mediante distintas fases de puesta en servicio.
Posteriormente, mediante Resolución del Secretario de Estado de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana de fecha de 20 de mayo de 2021 (BOE 29 de mayo de 2021) se
modificó la anterior Resolución de 12 de junio de 2015, atribuyendo a la Autoridad
Portuaria de Castellón la aprobación del proyecto y la construcción de la Subestación
Eléctrica. El objeto de dicha modificación es permitir acompasar las obras de la
subestación eléctrica con las de urbanización de la Dársena Sur que está desarrollando

cve: BOE-A-2023-7860
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.